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Contrato único sí, contrato único no… ¿y usted qué opina?

La ‘reflexión’ desde Bruselas para que España introduzca un contrato único ha levantado ampollas en nuestro país. Defensores y detractores de la idea exponen unos argumentos que, curiosamente, han servido para poner de acuerdo a Gobierno, sindicatos y patronal. A ninguno le gusta la medida y la ministra del ramo, Fátima Báñez, ha llegado a decir que es “inconstitucional”.

Una opinión que contrasta con la de expertos del IESE Business School que, en declaraciones a El Economista, aseguran que cuanto menos tipos de contratos existan, menos riesgo hay de inconstitucionalidad porque también hay menos elementos de discriminación. Aseguran que la clave para considerar que un contrato laboral es inconstitucional es que sea un contrato sin causa. Es decir, que no permita al trabajador acogerse a una causa judicial una vez rescindido unilateralmente por el empresario. Y eso no ocurre en España porque todos los contratos tienen protección jurídica.

Sin embargo, existen otras opiniones como la del despacho de abogados Cuatrecasas que indican que “jurídicamente” el contrato único no es posible porque no encaja con la Constitución aunque reconocen que en nuestro país hay “un poco de desorden” en el tipo y la cantidad de contratos existentes y que sería bueno reducir el número de modalidades.

La razón es que existen más de 40 tipos de contrato en España y que podemos encontrar y descargar de la web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

  1. Contratos indefinidos

-Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores (Ley 3/2012)

-Por tiempo indefinido ordinario

-Contrato de trabajo fijo discontinuo

-Transformación de contratos temporales en indefinidos

-Indefinidos bonificados

  1. Contratos Formativos

-Contrato en prácticas

-Contrato para la formación y el aprendizaje

-Contrato de trabajo a tiempo parcial con vinculación formativa (RD-Ley 4/2013)

  1. Contratos de duración determinada

De duración determinada (Obra o servicio determinado, Circunstancias de la producción,  Contrato de primer empleo, Interinidad, Interinidad para sustituir a trabajadores en excedencia por cuidado de familiares con reducción de cuotas a la Seguridad Social, Interinidad con bonificación para sustituir a trabajadores durante los períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural o suspensión por paternidad, Contrato de trabajo de duración determinada de interés social/fomento de empleo agrario, Interinidad para sustituir a trabajadores en formación por trabajadores beneficiarios de prestaciones por desempleo, interinidad para sustituir a trabajadoras víctimas de violencia de género, contrato de trabajo para menores y jóvenes, en centros de menores y para trabajadores penados en instituciones penitenciarias)

 –Temporales bonificados (Para trabajadores en situación de exclusión social, para víctimas de violencia de género, doméstica o víctima del terrorismo, contrato  de trabajo indefinido para trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo, para trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción, temporal de fomento de empleo para personas en situación de exclusión social por empresas de inserción, contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, contrato de trabajo indefinido de un joven por microempresas y empresarios autónomos, contrato de trabajo indefinido de nuevo proyecto de emprendimiento  joven,  contrato de trabajo a tiempo parcial con vinculación formativa, contrato de trabajo indefinido para socios/as trabajadores/as o de trabajo de cooperativas o sociedades laborales con desempleados/as menores de 30 años)

  1. Contratos para personas con discapacidad

-Contrato de trabajo indefinido para la contratación de personas con discapacidad

-Contrato de trabajo indefinido para personas con discapacidad procedente de enclaves laborales.

-Contrato de trabajo temporal.

-Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje de personas con discapacidad

-Contrato en prácticas.

-Contrato de trabajo de interinidad para sustituir bajas por incapacidad temporal de personas con discapacidad.

-Conversión del contrato de trabajo temporal en indefinido para personas con discapacidad que trabajen en los Centros Especiales de Empleo.

-Comunicación de conversión en indefinido del contrato de trabajo temporal para personas con discapacidad.

-Contrato de trabajo por el que se regula la relación laboral de carácter especial de las personas con discapacidad que trabajen en Centros Especiales de Empleo.

  1. Otros

-De relevo

-Para la investigación

-De sustitución por jubilación anticipada

-Otros contratos de trabajo

-Servicio del hogar familiar

Foto: FreeDigitalPhotos

 

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