Rebajas del IRPF para autónomos desde Julio 2015.

201507-rebaja-irpf-2015A partir del 12 de julio de 2015 han bajado los tipos de retención de IRPF para los autónomos, tal como anunció el Gobierno. Esta rebaja afecta a los profesionales cuando emitan sus facturas con retención. Esta medida supone rebajar la retención al 15% de IRPF a todos los profesionales. Anteriormente al 12 de julio de 2015, la retención  era del 19%, y sólo podían aplicar el 15% los profesionales con rentas inferiores a 15.000 € anuales. Así que los profesionales que antes aplicaban un 15% de retención, no se benefician de ninguna rebaja. La retención del 9% ahora pasa al 7%. Esta retención es para los autónomos que acaban de iniciar su actividad (para el año de inicio y los dos siguientes). Para los autónomos con domicilio fiscal en Ceuta y Melilla, las retenciones pasan del 9,5% que tenían anteriormente  al 7,5% de la actualidad. Además, en Ceuta y Melilla antes del 12 de julio se aplicaba la retención del 4,5 %  para los profesionales en el primer año de inicio de actividad y los dos siguientes, y a partir del 12 de julio se aplica un 3,5% de retención. La retención para los arrendamientos de bienes inmuebles urbanos también baja, situándose en un 19,5 % a partir del 12 de julio y con previsión de que baje al 19% a partir del 2016. Este porcentaje estaba fijado anteriormente en el 20%. segunda-fase-rebaja-irpf-julio-2015Según datos del Gobierno, la rebaja de las retenciones al 15% para la mayoría de profesionales, beneficia alrededor de 800.000 autónomos y proporcionará una liquidez por importe de 350 millones al sector. En Contasimple ya hemos actualizados todos los tipos de retención. Están disponibles (tanto los antiguos como los nuevos) en el desplegable de retención, que se encuentra en la pantalla de creación de factura. No tendrás que hacer nada más, ya que Contasimple te muestra todos los tipos de retención, escoges el que tengas que aplicar y Contasimple te hará el cálculo automáticamente. contabilidad autónomos  

Actividades exentas de IVA ¿Cómo contabilizarlas en Contasimple?

En la gran mayoría de actividades económicas se aplica el IVA en la prestación de servicios y en la entrega de bienes. Hay que tener en cuenta que hay tres tipos diferentes de IVA: el 21% (general), el 10% (reducido) y el 4% (superreducido). EEF-13-El-modelo-de-factura-sin-ivaPero hay una serie de actividades que están exentas de IVA, según el artículo 20 de la ley 37/1992 (Ley del IVA).
  • Educación: tanto privada como pública, cursos idiomas, etc.
  • Sanidad: prestación de servicios de hospitalización y asistencia sanitaria.
  • Servicios postales: Sellos de correos y efectos timbrados.
  • Seguros : Operaciones de seguros, reaseguros y capitalización
  • Productos financieros: Préstamos, créditos, depósitos, cheques, algunas comisiones, etc.
  • Productos inmobiliarios: arrendamiento de viviendas y entrega en terrenos rústicos. También las segundas y posteriores entregas de viviendas.
  • Loterías y apuestas del estado.
  • Hay otras actividades que también están exentas de IVA entre las que se encuentran: prestación de servicios públicos, servicios al deporte, servicios de partidos políticos.
En Contasimple disponemos de dos plantillas de facturas, presupuestos y albaranes que son para actividades exentas de IVA. Estas plantillas son la Profesional Exenta y la Profesional Servicios Exenta, que no muestran las columnas de impuestos. Captura Puedes escoger tu plantilla exenta en la sección "Selecciona tu plantilla" de la pantalla configuración de documentos accediendo desde: Configuración→Facturas, Configuración→Presupuestos, y Configuración→Albaranes, dependiendo del documento que necesites seleccionar. También es aconsejable que en los documentos que se emitan sin IVA por la exención de la actividad, conste “Actividad exenta de IVA de conformidad al artículo 20 de la ley 37/1992 (Ley de IVA)”. En Contasimple, puedes poner esta información en el campo de texto reservado para  “Información en el pie”, que se encuentra en la pantalla de creación de los documentos (facturas, presupuestos y albaranes). contabilidad autónomos  

Conoce el calendario fiscal del programa Contasimple

Cuando eres autónomo o gestionas una Pyme, aparte de gestionar el día a día, facturas, presupuestos, albaranes, tesorería, y llevar la contabilidad en general, hay que cumplir unas obligaciones fiscales. Estas obligaciones son los temidos impuestos que se liquidan cada tres meses, IRPF, IVA, retenciones de profesionales, retenciones de alquiler, etc. Los modelos que hay que presentar son:
  • 303→Declaración trimestral de IVA
  • 390→Resumen anual IVA
  • 130→Declaración trimestral de IRPF
  • 100→Declaración anual IRPF
  • 115→Declaración trimestral de retención de alquileres
  • 180→Resumen anual retención alquileres
  • 111→Declaración trimestral de retenciones de facturas recibidas
  • 180→Resumen anual retención facturas recibidas.
  • 347→Declaración informativa anual de operaciones con terceras personas
Las fechas en que autónomos y pymes tienen obligación de presentar la mayoría de sus impuestos son: calendario Existen otras fechas diferentes para declaraciones como el modelo 347 y la declaración de la renta (modelo 100). Puedes conocer cuándo presentar los modelos de impuestos en la nueva pantalla del calendario fiscal de Contasimple, que se encuentra en la pestaña de Impuestos. Si estás dentro de Contasimple, el siguiente enlace te lo muestra: https://www.contasimple.com/Modulos/Impuestos/CalendarioFiscal.aspx calendario2 Además el calendario fiscal, te enlazará directamente con cada uno de los respectivos modelos, si clickas sobre el icono de cualquiera de ellos.   contabilidad autónomos

¿Qué es una factura electrónica en formato FacturaE?

Esta semana os explicamos que es una FacturaE y quién tiene obligación de realizarla. ¿Quién está obligado a emitir facturas en formato FacturaE? A partir del 15 de enero de 2015, todas las sociedades que facturen a las Administraciones 450_1000Públicas tienen esta obligación. En el caso de los autónomos la obligación desaparece, al igual que si la factura no supera los 5.000 € y además la propia administración exime de la responsabilidad. ¿Qué es el formato FacturaE? Una FacturaE es una factura electrónica con un formato específico que ha determinado la Administración Pública. El formato se llama FacturaE 3.2, y es considerado el formato estándar para enviar facturas en soporte electrónico a las Administraciones Públicas. El archivo que se genera  al hacer una factura en formato FacturaE tiene extensión XML si no está firmada, y XSIG si está firmada. La Administración Pública requiere que todas las facturas que se le envían estén firmadas para su plena validez legal. Cuando una factura está firmada garantiza la autenticidad del origen (identidad del emisor) y la integridad del contenido (que no se haya modificado). ¿Cómo se firma una factura electrónica? certificado-digitalLas facturas electrónicas se firman a través de un certificado digital, la forma más sencilla de solicitarlo es en la sede electrónica de la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre: www.sede.fnmt.gob.es/certificados ¿Cómo te ayuda Contasimple en la gestión de una FacturaE? En Contasimple se pueden generar facturas en formato FacturaE, desde la pantalla de listado de facturas emitidas. Estas facturas ya estarán firmadas si previamente has subido el certificado digital en Contasimple y has activado la opción firmar facturas electrónicas. En el siguiente tutorial que está disponible en www.contasimple.com os explica paso a paso cómo hacerlo: www.contasimple.com/tutorial-como-crear-facturas-en-formato-FacturaE.aspx   contabilidad autónomos      

¿Cómo gestionar albaranes, presupuestos y facturas en Contasimple?

En el post de esta semana os enseñamos la forma sencilla y rápida de poder hacer el circuito completo de documentos de una compra venta en Contasimple. Primero os defino cada documento: El presupuesto es el documento mercantil que se emite para informar a un cliente del coste del servicio o producto que éste demanda. El albarán es un documento mercantil que acredita la entrega de un pedido o la prestación de un servicio del emisor al receptor. La factura es el documento que acredita legalmente el final del proceso de la compra venta, es decir el justificante fiscal. Continuar leyendo

Si eres autónomo, ¿cómo deducir la compra de un coche?

Cuando un autónomo compra un coche, se plantea si puede registrar la adquisición del mismo en la contabilidad de su actividad para poder desgravárselo. Si recordáis en un post anterior: https://blogcontasimp.wpengine.com/2014/10/que-requisitos-son-necesarios-para-que-un-gasto-sea-deducible  se hablaba de los requisitos para que un gasto sea fiscalmente deducible. Los criterios que marca la Agencia Tributaria son:
  • Deben estar vinculados a la actividad económica que realiza el autónomo.
  • Deben estar justificados con documentos oficiales: facturas, en algunos casos facturas simplificadas o recibos.
  • Por último, deben estar registrados en la contabilidad del autónomo, en el correspondiente libro de facturas recibidas, gastos o bienes de inversión. Todos estos libros están disponibles en Contasimple.4
Pues bien, vamos a centrarnos en el primer criterio para conocer como se deduce la compra de un coche y los gastos posteriores que se generan del mismo. La Agencia Tributaria estipula que sólo se puede deducir el 50% del IVA de la compra y en el IRPF el 0%. Deducción IVA En referencia al IVA,  consideran que se puede deducir el 50% de la cuota de IVA. Lo consideran así, justificando que un vehículo no se usará para la actividad en exclusiva, sino que también los fines de semana o para uso particular. Sólo podrás deducirte el 50% si puedes demostrar que lo utilizas para la actividad económica, demostrable por ejemplo con listados de clientes que vivan en diferentes poblaciones, con control de las visitas de los clientes, en definitiva lo que sirva para determinar que necesitas un desplazamiento para realizar tu actividad. En el caso de los profesionales del transporte de mercancías, taxistas, autoescuelas o servicios de vigilancia, está restricción no será aplicable, y podrán deducirse el 100% del IVA. Deducción IRPF Con este impuesto hay diferencias respecto al IVA. En el IRPF se ha de vincular el vehículo al 100% o al 0% a la actividad, es decir, o todo o nada. Fotolia_45053343_XS-spectrumbluePuedes vincular el 100% si eres profesional del transporte o tu actividad es otra de las antes mencionadas. Pero si no es el caso, y es un vehículo que la Agencia Tributaria considera que puede utilizarse para uso particular esporádicamente, no podrás desgravarte nada como gasto en el IRPF. Para los gastos que se vayan generando posteriormente derivados del vehículo (reparaciones, seguro, mantenimiento, gasolina, etc.), el tratamiento para deducción de gastos en IVA e IRPF será el mismo que cuando se registró la compra, en lo que se refiere a porcentajes. Y siempre hay que tener en cuenta que no sean excesivos, para no llamar la atención en caso de inspección delante de la Agencia Tributaria española. En Contasimple, si no eres profesional del transporte, compras un coche y deseas desgravarlo tal como hemos explicado, debes registrarlo en el libro de registro de bienes de inversión, poniendo como imputación 0% (para que lo tenga en cuenta en el IRPF), y en Opciones Avanzadas haciendo constar la imputación a IVA el 50%. Captura.cochePNG

Alta de autónomos en Punto PAE

Una vez que tenemos claro que queremos iniciar una actividad económica en solitario y decidimos ser autónomo, uno de los primeros obstáculos que nos encontrarnos es la burocracia. ¿Qué trámites hay que seguir para conseguir el alta de autónomos?  A veces se nos puede hacer muy difícil, papeleo y más papeleo: agencia tributaria, seguridad social, ayuntamiento… Pues bien, desde hace un tiempo existen los denominados Punto PAE (Punto de Atención al Emprendedor). Estos puntos dependen del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y se encuentran por todo el territorio español. El punto PAE te ayudará a crear tu empresa de forma muy rápida, dándote toda la Red-PAE-2información necesaria para su puesta en marcha, gestionándote todos los trámites delante de los Organismos Oficiales y ofreciéndote toda la información de fuentes de financiación ,ayudas, incentivos, ventajas fiscales y normativas aplicables a tu actividad. Puedes buscar tu punto PAE en el siguiente enlace: http://portal.circe.es/es-ES/servicios/Paginas/BuscadorPAE.aspx El punto PAE realizará los trámites de forma telemática a través de la red CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas), cumplimentando el DUE (Documento Único Electrónico), tu alta de declaración censal (es decir, el inicio de actividad en la Agencia Tributaria) y el alta de autónomos en la Tesorería General de la Seguridad Social. trabajo-cuenta-ajena-y-autonomoPara ello sólo necesitas presentar tu DNI, el DNI de tu cónyuge (si estás casado/a) y la tarjeta de la Seguridad Social. En el caso de tener trabajadores también serán necesarios sus números de afiliación a la Seguridad Social. También tendrás que informarles del domicilio y metros cuadrados del local, si lo tienes, donde desarrollarás tu actividad. Además, como necesitarás saber tu epígrafe de IAE y CNAE, ellos te lo facilitarán. Así como también te informarán de las bases de cotización en el momento de darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Por último, debes saber que para darte de alta de autónomos necesitas tener una mutua de accidentes (recomendable buscar una cercana a tu lugar de trabajo). El punto PAE también te dará información sobre qué pasos seguir. A parte de los trámites indispensables para darte de alta como autónomo, el punto PAE tramita otras gestiones: Inscripción de ficheros de carácter personal en la Agencia Española de protección de datos, Solicitud de reserva de Marca o Nombre Comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas, Solicitud de Licencias en el Ayuntamiento, Comunicación de los contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), etc. Así que si quieres darte de alta de autónomos, decídete a ir a un punto PAE y en 24 horas tendrás todo el papeleo listo para empezar a trabajar! contabilidad autónomos  

Novedades para usuarios de Contasimple en Latinoamérica.

mapaLa última versión de Contasimple trae mejoras específicas para los usuarios de México, Argentina, Colombia, Chile, Perú, Venezuela y en general, para del resto de Latinoamérica. Concretamente, les ofrece mayor control a la hora de configurar el formato de fechas, números y monedas, para visualizarlas como generalmente lo hacen en su cultura. Merece especial atención destacar que ahora se podrá configurar la posición del símbolo de la moneda para que se visualice delante del importe, como es habitual en los mencionados países, tanto en las facturas, presupuestos y albaranes, como en todas las pantallas de la aplicación. hombredolar La configuración para cada tipo de documento se hace desde una pantalla distinta, así la del formato de las facturas debe realizarse desde Configuración→Facturas, la de presupuestos desde Configuración→Presupuestos, la de albaranes desde Configuración→Albaranes y la de las pantallas de la aplicación desde Configuración → Impuestos (sólo disponible si se ha seleccionado una región fiscal no española). Otra actualización para los usuarios de Latinoamérica, es la posibilidad de configurar un tercer tipo impositivo que se aplica al total de la factura. Aunque el programa soportaba con anterioridad hasta dos tipos, ahora se ha ampliado para adaptarse mejor a la normativa fiscal de cada país. Se pueden configurar hasta tres tipos de impuestos diferentes desde Configuración →Impuestos, que generalmente son el IVA (IGV en Perú), Retenciones y, si es de aplicación, un tercer tipo impositivo. Los porcentajes del IVA (o IGV en Perú) ya viene preconfigurados por la aplicación en función del país que seleccione el usuario al darse de alta, pero se pueden modificar de ser necesario. contabilidad autónomos