Declara el 10% de pérdidas para cobrar el paro de autónomos

Anteriormente, los autónomos que querían beneficiarse del paro debían declarar pérdidas superiores al 30 % de los ingresos en un año completo o superior al 20 % en dos años consecutivos y completos. Tras las novedades que recoge el anteproyecto de Ley de mutuas,  los trabajadores por cuenta propia aleguen pérdidas del 10 %, ya podrán cobrar el cese de actividad. Además la cotización será voluntaria para  todos los autónomos, así como la aportación por contingencias profesionales  (entre 0,5 y el 7 %), que hasta ahora era obligatoria.. Por otro lado, para acceder a esta presentación voluntaria, se debe cotizar 2,2 % adicional sobre la cuota de autónomos. Además ahora, la cotización por cese de actividad tendrá una cotización 1,5 y el 1,7 %. En el último borrador se fija una cuota del 2,2 %  pero está bonificada y por eso se queda cinco décimas por debajo. El del cobro del paro ha sido un tema delicado y engorroso, anteriormente eran muy pocos los autónomos que cumplían los requisitos para cobrar la prestación, esperamos que con el nuevo anteproyecto del ley  realmente se simplifiquen los requisitos y se eliminen las dificultades para el acceso a la prestación. Foto: http://www.freedigitalphotos.net/

Nuevo tipo IRPF reducido para autónomos

El pasado 4 de julio se publicó un nuevo decreto-ley aprobado para la implantación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Entre las diferentes medidas cabe destacar el nuevo tipo reducido en las retenciones de IRPF que ejercen los autónomos en sus facturas. Concretamente los profesionales independientes con menos de 15.000 euros al año sólo deberán efectuar retención del 15 %. Además, también deberá representar más del 75 % de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenido por el contribuyente en dicho ejercicio. Con esta nueva medida aparecen tres tipos de retención: el tipo general del 21 %, el reducido del 15 % y el súper reducido del 9 % que se aplica a los profesionales durante los dos primeros años de actividad. Según la normativa, los profesionales que vayan a incluir el nuevo tipo en sus facturas deberán comunicar a sus clientes este nuevo cambio. Esta comunicación deberá realizarse por escrito y los pagadores estarán obligados a conservar el documento debidamente firmado. Con la presentación de la reforma también se anuncio que las retenciones efectuadas para autónomos que ganen más de 15.000 euros bajaran al 20 %  en 2015 y el 19 % en 2016. En Contasimple ya hemos actualizado la herramienta adecuándola al nuevo tipo. ¡Así que no lo dudes, regístrate ya y empieza a facturar!  

Nuevas funcionalidades en Contasimple

¡Estamos muy orgullosos de presentaros la nueva versión del programa! Hemos estado trabajando sin descanso para traeros muchas novedades, alguna de las cuales nos las habéis estado pidiendo desde hace tiempo. A continuación os detallamos las más importantes:
  • Se ha añadido soporte para el Recargo de Equivalencia. A la hora de emitir o contabilizar una factura, además de seleccionar un tipo de IVA (o de IGIC/IPSI, etc.) ahora también puede aplicarse un Recargo de Equivalencia, un Recargo Minorista o un segundo impuesto, según la región fiscal del usuario.
  • Hemos reescrito todas las plantillas de factura y presupuestos. Ahora ofrecen un aspecto más cuidado respetando el diseño original de cada plantilla.
  • Se ha mejorado la información ofrecida por la gráfica de Previsión de Cobros y pagos.   Si ahora se clicka en alguna de las columnas de la gráfica se abre una nueva ventana donde se listan las facturas relacionadas con los cálculos mostrados en la gráfica. La gráfica en cuestión se muestra tanto en la página de entrada como en la de Resumen de Contabilidad. Desde la pantalla de entrada ahora se permite seleccionar los meses para los que mostrar la previsión de cobros y pagos, y en la página de Resumen de Contabilidad se muestran los cobros y pagos de los meses relativos al periodo o año seleccionado.
  • Hemos mejorado el informe de Pérdidas y Ganancias para hacerlo más claro para el usuario.
  • Nueva actualización de la aplicación Windows 8 que mejora la descarga de archivos: facturas, presupuestos, impuestos.
  • Añadida la posibilidad de ordenar por cualquier campo en la pantalla de Listado de gastos, así como la posibilidad de filtrar el listado por varios conceptos (NIF, nombre del proveedor, número, fecha, concepto o importe).
  • Se ha incorporado el idioma Alemán para la emisión de facturas.
Esta nueva versión en Contasimple es fruto de nuestro interés por cubrir todas las necesidades de facturación, contabilidad e impuestos e iremos incorporando aquellas novedades que faciliten  los  procesos diarios de un autónomo, de una pyme o de cualquier profesional que lo necesite, simplificando sus gestiones y garantizándole la correcta administración de sus facturas e impuestos.

Novedades de la reforma fiscal para autónomos y empresas

El pasado lunes el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro,  se reunió con las patronales empresariales CEOE y Cepyme, así como con los representantes de las asociaciones de autónomos ATA y UPTA a quién les avanzó en líneas generales los detalles de la reforma fiscal. Los cambios más relevantes que adelantó son los siguientes: Retenciones La reforma incluirá una rebaja en las retenciones profesionales para autónomos desde el 21% actual al 19% en 2015 y en 2016 se reducirá aún más con carácter general, además Cristóbal Montoro también especificó que establecerá una retención diferenciada para los que tengan menor renta, que rondará el 15%. No se sube el IVA, salvo excepciones Aunque la subida ha sido recomendada en numerosas veces por Bruselas, ya que según estadísticas de Eurostat, España es uno de los países que menos ingresa por impuestos sobre el consumo. El ministro aseguró que el Gobierno no tenía ninguna intención de aumentar el tipo general, aunque sí que se verán afectados algunos productos sanitarios con el objetivo de  cumplir la sentencia de Tribunal de la UE. Módulos Inicialmente en el informe de la reforma fiscal los expertos propusieron suprimir en su totalidad los módulos ya que es uno de los sistemas que más favorece al fraude fiscal. Aún así, el ministro explicó que mantendrá el sistema de módulos para los autónomos que trabajan con consumidores finales aplicándolo exclusivamente a actividades de un volumen anual de operaciones reducido. Bajada del impuesto de sociedades Se quiere llevar a cabo una bajada paulatina del impuesto de sociedades pasando del 30% actual al 27,5% en 2015 y 25% en 2016,  igualando la carga fiscal entre pequeñas y grandes empresas. El objetivo de la bajada es acercar el tipo nominal al efectivo eliminando la mayoría de las deducciones y beneficios fiscales, entre ellas la deducción por gastos financieros. Por contra se fijará una nueva deducción para incentivar la capitalización de las empresas, potenciando las inversiones realizadas con fondo propio. Foto: http://www.minhap.gob.es/  

Nuevas medidas del BCE para reactivar el crédito bancario

El pasado jueves el presidente del Banco Central Europeo Mario Draghi presentó una serie de medidas impulsadas con el objetivo de reactivar el crédito bancario entre particulares, pero especialmente entre pymes y empresas. Las medidas que presentó fueron  las siguientes: En primer lugar se va a llevar a cabo una rebaja en los tipos de interés que pasarán de un 0.25%  a un mínimo de 0.15%. Además,  también se le suma una penalización a los bancos que tengan dinero en depósito con una tasa negativa del  0.1%, principalmente para evitar posibles bloqueos de circulación del dinero. En segundo lugar se va realizar una inyección de 400.000 millones de euros a través de subastas con el objetivo de destinarlos a préstamos y créditos para familias y pymes. Esta inyección se llevará a cabo mediante dos subastas que se realizarán en los meses de septiembre y diciembre, en las que cada banco podrá solicitar como máximo el 7% de su cartera crediticia y deberá destinarlo su totalidad a la concesión de crédito. Además Draghi aseguró que examinará en un plazo de un año si las nuevas medidas han cobrado el efecto esperado y en el caso contrario el BCE pondrá en marcha otra serie de medidas extraordinarias. Con estas medidas se intenta corregir uno de los grandes problemas que se acarrea en la economía española desde el inicio de la crisis económica, la falta de financiación para las familias y las pequeñas empresas. Sólo el tiempo demostrará si realmente estas medidas son efectivas, que esperamos que así lo sean. Foto: http://www.freedigitalphotos.net/

Ampliación tarifa plana de 100 € a Cooperativas y Sociedades Laborales

La tarifa plana de 100 € ha sido una de las medidas estrellas impulsadas por Gobierno en el 2014 para el fomento de empleo y contratación indefinida, pero aunque son muchos los que ya se han beneficiado, la medida no ha sido tan satisfactoria como el Gobierno esperaba. Por ello a ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha anunciado la ampliación de la Tarifa Plana de 100 euros para la contratación indefinida a aquellos emprendedores que se incorporen como socios trabajadores a una cooperativa o a una sociedad laboral, con el objetivo de facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades de la Economía Social, y que este sector contribuya a la estabilidad en el empleo. No obstante, la modificación aún no es suficiente, ya que no abarca a los socios de sociedades mercantiles,  los que actualmente están siendo un gran motor en la creación de empleo en España. Un recordatorio de los requisitos que deben de cumplir las empresas para poder  beneficiarse de la medida: a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, tanto en la fecha de efectos del alta de los trabajadores como durante la aplicación de la aportación empresarial reducida. Si durante el período de aplicación de la reducción existiese una falta de ingreso, total o parcial, de las obligaciones en plazo reglamentario, se producirá la pérdida automática de la reducción a partir del mes en que se produzca el incumplimiento. b) No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos u otros declarados judicialmente como improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción. Tampoco podrán haberse extinguido contratos de trabajo por despidos colectivos realizados en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción. Foto: http://www.freedigitalphotos.net/

Recomendaciones a la hora de elaborar un buen presupuesto

El presupuesto es uno de los documentos esenciales en la gestión diaria de autónomos y Pymes. Este documento  se considera una gran herramienta para promocionar el trabajo que se realiza  y en la mayoría de los casos será la primera toma de contacto con el cliente, además también  sirve como carta de presentación,  por ello cobra relevancia su elaboración. El precio es uno de los puntos clave, pero no el único,  no se debe olvidar que hay otros factores con carácter subjetivo que también afectarán en la toma de decisiones. Recomendaciones a la hora de elaborar un buen presupuesto -          El presupuesto debe ser conciso, claro y concreto. Si no se hace así se corre el riesgo de que buena parte del trabajo quede a la libre interpretación de la otra parte, con los consiguientes perjuicios, tanto en tiempo como en dinero. -          Para fijar el precio se debe realizar un estudio de mercado que permita conocer precios mínimos y máximos de la competencia, de esta manera se puede fijar un precio competitivo. Este punto es importante ya que si se fija un precio muy bajo se corre el riesgo de no cubrir gastos y por otro lado si se fija muy alto se pueden perder clientes potenciales. -          En todo presupuesto se debe incluir el plazo de entrega del trabajo terminado, y en algunos casos, es también conveniente establecer los plazos para las etapas intermedias. -          Es recomendable adjuntar al presupuesto un plan de trabajo en el que además de explicar la metodología del trabajo también se puede explicar al cliente de una forma más practica donde va a invertir su dinero. Desde la herramienta Contasimple se pueden elaborar presupuestos de forma rápida y sencilla.  En el mismo momento que se elabora el presupuesto permite dar de alta al nuevo cliente y el nuevo servicio o producto. Además una de las grandes ventajas es que una vez el cliente acepte el presupuesto, con tan sólo un clic se convierte el presupuesto en factura sin la necesidad de tenerlo que introducir dos veces. Foto: http://www.freedigitalphotos.net/

Modelo 115

Visita este enlace sobre el modelo 115 actualizado a enero 2020

En el siguiente post os vamos a explicar en qué consiste el modelo 115, que personas están obligadas a presentarlo, excepciones y como calcular el modelo en Contasimple. Cuando se habla del modelo 115 se refiere al comúnmente conocido como retención trimestral de alquiler.
¿Qué personas están obligadas a presentar el modelo? Según la Agencia tributaria deben presentar dicho modelo empresas individuales, profesionales o sociedades que paguen alquileres por locales u oficinas siempre que sean inmuebles urbanos, es decir, es el pagador a quien le corresponde retener por cuenta del arrendatario y el que debe informar e ingresar a Hacienda la cantidad retenida. Excepciones: -          Cuando las rentas las obtenga una administración pública. -          Cuando se habla de arrendamientos financieros. (leasing) -          Cuando sean alquileres de vivienda que las empresas les pagan a sus trabajadores. -          Cuando los alquileres pagados no superen los 900 € anuales a un mismo arrendador. -          Cuando el arrendador, acredite al arrendatario, estar incluido en alguno de los epígrafes del grupo 861, es decir los relacionados con los alquileres, siempre que la cuota a pagar por estos epígrafes del impuesto de actividades económicas no sea cuota cero. Dentro de este punto, hay que puntualizar que; para poder considerarse exento de la obligación de retener, es necesario que se le pida al arrendador un certificado de Hacienda donde ésta acredite la exención del propietario. ¿Cómo hacerlo en Contasimple? Una de las grandes ventajas que proporciona la herramienta de Contasimple, es el cálculo de los principales modelos de impuestos  entre ellos el modelo 115. Para que Contasimple pueda realizar el cálculo del modelo debemos tener en cuenta dos cosas:
  1. Se debe registrar el importe del alquiler como factura recibida y como concepto debemos seleccionar la cuenta 621. Arrendamientos y cánones.
  2. Debemos seleccionar la retención de alquileres.
Únicamente con estos dos pasos Contasimple calcula el modelo proporcionándote todos los datos necesarios para la presentación del modelo. Además si te registras ahora te regalamos un mes de nuestro mejor plan.