Contabilidad del autónomo (I): Los ingresos

ingresos autónomoCuando se decide dar el paso de emprender un negocio o se decide llevar la contabilidad y prescindir de la gestoría, las principales cuestiones que se plantea un autónomo es el cumplimiento de las obligaciones contables exigidas por la Agencia Tributaria.

 Lo primero que debemos saber es que no todo en la contabilidad es negativo, ya que una de las grandes ventajas que nos proporciona es que podemos conocer en todo momento el estado de nuestro negocio (lo que hemos ingresado, lo que hemos gastado, lo que nos deben y lo que debemos).

Por ello desde Contasimple vamos a realizar una serie de artículos donde iremos desgranando las obligaciones contables  que debe cumplir un autónomo que este en régimen de estimación directa simplificada o normal. Esta semana comenzaremos con los ingresos.

Los ingresos: Facturas emitidas

Una de las obligaciones contables es llevar un libro de registro de las facturas emitidas que refleje el resultado de la actividad.  El libro de registro cómo mínimo debe recoger la siguiente información:

-          Número de factura

-          Fecha de emisión

-          Destinatario de la factura

-          Base imponible

-          Tipo de IVA

-          Retención de IRPF (si por el tipo de facturación debe realizarse retención en las facturas emitidas).

Además, para evitar actividades fraudulentas la Agencia Tributaria exige que la numeración de las facturas sea incremental y continua, no permitiendo ni duplicados ni saltos de numeración.

Con la herramienta de Contasimple podrás crear tus facturas de forma profesional y una vez creadas, Contasimple de forma automática crea el libro de registro de facturas emitidas adaptadas a las exigencias de la Agencia Tributaria. Además, con un simple clic podrás exportarlo a tu ordenador e imprimirlo. Olvídate de las hojas de cálculo y únete a los miles de autónomos que gestionan su contabilidad con Contasimple.

contabilidad autónomos

Foto: http://www.freedigitalphotos.net/

El ministerio plantea ampliar la capitalización del paro de autónomos

reforma

Parece que después de numerosas demandas por las principales asociaciones de autónomos, el Ministerio de Empleo y seguridad está preparando una reforma del Estatuto del Trabajo autónomo. El proyecto de ley incluirá nuevos incentivos,  como la capitalización del cien por cien de la presentación por desempleo y la ampliación de la tarifa plana de 50 euros para aquellos autónomos que contraten a jóvenes menores de 30 años.

La intención es aprobar este proyecto de ley antes de que finalice el 2014 para su posterior aprobación en el congreso. Por tanto la entrada en vigor será el segundo trimestre del próximo año.

Según el presidente de ATA, Lorenzo Amor, estas medidas podrán suponer la creación de casi 380.000 puestos de trabajo y la reducción en diez puntos de la tasa de desempleo en menores de 30 años.

Esperamos que realmente se apruebe el proyecto de ley y de sus frutos, ya que no solamente beneficiará a los autónomos si no al conjunto de la economia. Imagen: http://www.empleo.gob.es/index.htm

Nueva cotización obligatoria para nuevos autónomos

La semana pasada el Ministerio de Empleo aprovechó para incluir en el anteproyecto de ley de mutuas, una nueva normativa para la cotización de cese de actividad comúnmente denominado “paro de autónomos”.

Con la nueva normativa, los nuevos autónomos que se den de alta en la Seguridad Social estarán obligados a cotizar por dicha prestación desde el primer momento. Hasta ahora sólo era obligatorio para los autónomos económicamente dependientes, es decir aquellos que sólo tienen un cliente.

Esta cotización genera bastante controversia, ya que según datos facilitados por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) en octubre de 2013, solamente el 20% de los que solicitaron esta prestación durante el año pudieron efectuar el cobro, principalmente por las dificultades para acreditar los motivos del cese de la actividad.

Por ello esta nueva legislación prevé una serie de cambios orientados a facilitar el acceso a la solicitud de la prestación en el caso de cese de la actividad, no se exigirá a los trabajadores un umbral de pérdidas y sólo deberán acreditar números rojos durante el primer año. Además también permitirá ponerse al día de las cuotas de la Seguridad Social para poder cobrar dicha prestación.

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Operaciones intracomunitarias, exportaciones e importaciones

Uno de los cambios que nos ha traído la globalización, es el aumentado de las operaciones con mercados exteriores, tanto de ventas como de compras. Actualmente es muy habitual el realizar operaciones con cliente y proveedores extranjeros y una de las barreras que está frenando más este intercambio internacional es el miedo a la contabilización de estas operaciones en relación a los impuestos. Desde Contasimple como objetivo primordial siempre queremos facilitar y hacer accesible la contabilidad a todos nuestros usuarios. Por ello en este post os vamos a explicar en qué consiste la normativa de las operaciones exteriores. A efectos de IVA las operaciones de comercio exterior, pueden ser de tres tipos: operaciones intracomunitarias, exportaciones o importaciones. Cuando hablamos de operaciones intracomunitarias debemos hacer una distinción entre:
  • Entregas intracomunitarias: venta de mercaderías y/o prestación de servicios desde España a otros países de la Unión Europea, estas operaciones están exentas de IVA.
  • Adquisición intracomunitaria: compras de mercaderías y prestación de servicios a otros países de la Unión Europea, que si que están sujetas a IVA pero se autoliquidan mediante inversión del sujeto pasivo a la hora de presentar el impuesto.
Y finalmente las exportaciones o importaciones, es decir las ventas o compras con países fuera de la Unión Europea. Para poder llevar a cabo operaciones intracomunitarias es necesario el cumplimiento de una serie de requisitos, que seguidamente vamos a enumerar:
  1. Inscripción en el Registro de las Operadores  Intracomunitarios (ROI): con el correspondiente modelo (036) en el cual nos asignarán un número especial de identificación fiscal.
  2. Comprobación NIF: Si realizamos una entrega intracomunitaria y queremos emitir sin IVA estamos obligados a comprobar previamente que nuestro cliente está inscrito en el ROI. Para ello se puede comprobar en  el censo VIES.
  3. Comunicación de nuestro NIF: Por lo contrario cuando realicemos adquisición intracomunitaria deberemos comunicar al proveedor  nuestro NIF para que pueda realizar la comprobación en el registro de su país.
  4. Presentación de modelos: Al presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA) se deberá recoger la información de dichas operaciones. El IVA repercutido y el IVA soportado tal como lo facilita Contasimple en el resumen correspondiente. Además se deberá presentar el modelo 349, que es el resumen de las operaciones intracomunitarias realizadas.
Con la nueva actualización de la herramienta hemos incluido la contabilización de estas operaciones. Tan fácil como registrar las operaciones y con tan sólo un clic automáticamente nuestra herramienta rellenará los campos necesarios a complementar en el modelo 303, como leéis así de sencillo, se olvidaron los cálculos a mano y complicados, nosotros te facilitamos todo este trabajo. Foto: http://www.freedigitalphotos.net/

Gestha defiende el nuevo tramo de Impuesto de Sociedades

Gestha aumento del impuesto de sociedadesEl sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha defendido hoy que mediante la creación de un nuevo tramo en el rango superior del Impuesto de Sociedades se lograría recaudar el doble que con la subida del IVA. El sindicato de técnicos mantienen que esta medida resultaría "más equitativa" y contriburía de una forma más efectiva al cumplimiento del déficit del 3% del PIB comprometido para el ejercicio 2013.Continuar leyendo

Diferencias entre comunidades en los tipos impositivos del IRPF

campaña de Renta 2011 IRPFEl año 2011 terminó con la esperada y temida noticia del incremento de los tipos de gravamen del IRPF para todo tipo de rentas y que, por lo tanto, iba a afectar a todos los ciudadanos. Con el inicio de la campaña de declaración de la renta del ejercicio 2011, es conveniente aclarar cuándo vamos a notar este incremento de impuestos, así como las diferencias de tributación en función de la comunidad autónoma de residencia, ya que como sabemos, la recaudación del IRPF se encuentra cedida parcialmente a las comunidades autónomas, y esto  implica que existan diferencias importantes de tributación entre comunidades autónomas.Continuar leyendo

Novedades de la campaña de Renta 2011

RENTA 2011La campaña de la renta 2011 comenzó el pasado 10 de Abril con importantes cambios, como mayores deducciones por compra y rehabilitación de vivienda, la supresión del cheque-bebé y la vuelta del impuesto del patrimonio. Si bien la campaña comienza oficialmente en mayo, desde mediados del mes de abril se puede consultar y confirmar online el borrador de la declaración del IRPF. Antes de revisar el borrador, conviene tener en cuenta las novedades introducidas en esta campaña con respecto a la de 2010.Continuar leyendo

Creando una empresa en 24 horas

ventanilla unica empresarialDesde su puesta en marcha hace 12 años por la Cámara de Comercio de Madrid, el servicio de Ventanilla Única Empresarial (VUE) ha prestado asesoramiento a 54.000 personas y tramitado la creación de más de 12.000 empresas. A este resultado contribuye el hecho de que cada vez son más los desempleados que optan por el autoempleo y por poner en marcha sus ideas de negocio, cuya viabilidad y rentabilidad les ayudan a determinar los técnicos de la VUE.Continuar leyendo

Guía para proveedores: cómo cobrar las deudas

pago a proveedores de las administraciones públicasTal y como os contamos la semana pasada, con el nuevo sistema de pago a proveedores se abonarán las facturas que las Administraciones Locales tienen pendientes de pago a fecha 31 de diciembre de 2011. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha prometido que saldará todas las deudas de los proveedores con las administraciones públicas. Pero, como en todas las leyes, detrás de este anuncio esperanzador hay mucha letra pequeñaContinuar leyendo