Nuevo tipo IRPF reducido para autónomos

El pasado 4 de julio se publicó un nuevo decreto-ley aprobado para la implantación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia. Entre las diferentes medidas cabe destacar el nuevo tipo reducido en las retenciones de IRPF que ejercen los autónomos en sus facturas. Concretamente los profesionales independientes con menos de 15.000 euros al año sólo deberán efectuar retención del 15 %. Además, también deberá representar más del 75 % de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenido por el contribuyente en dicho ejercicio. Con esta nueva medida aparecen tres tipos de retención: el tipo general del 21 %, el reducido del 15 % y el súper reducido del 9 % que se aplica a los profesionales durante los dos primeros años de actividad. Según la normativa, los profesionales que vayan a incluir el nuevo tipo en sus facturas deberán comunicar a sus clientes este nuevo cambio. Esta comunicación deberá realizarse por escrito y los pagadores estarán obligados a conservar el documento debidamente firmado. Con la presentación de la reforma también se anuncio que las retenciones efectuadas para autónomos que ganen más de 15.000 euros bajaran al 20 %  en 2015 y el 19 % en 2016. En Contasimple ya hemos actualizado la herramienta adecuándola al nuevo tipo. ¡Así que no lo dudes, regístrate ya y empieza a facturar!  

Ampliación tarifa plana de 100 € a Cooperativas y Sociedades Laborales

La tarifa plana de 100 € ha sido una de las medidas estrellas impulsadas por Gobierno en el 2014 para el fomento de empleo y contratación indefinida, pero aunque son muchos los que ya se han beneficiado, la medida no ha sido tan satisfactoria como el Gobierno esperaba. Por ello a ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha anunciado la ampliación de la Tarifa Plana de 100 euros para la contratación indefinida a aquellos emprendedores que se incorporen como socios trabajadores a una cooperativa o a una sociedad laboral, con el objetivo de facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades de la Economía Social, y que este sector contribuya a la estabilidad en el empleo. No obstante, la modificación aún no es suficiente, ya que no abarca a los socios de sociedades mercantiles,  los que actualmente están siendo un gran motor en la creación de empleo en España. Un recordatorio de los requisitos que deben de cumplir las empresas para poder  beneficiarse de la medida: a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, tanto en la fecha de efectos del alta de los trabajadores como durante la aplicación de la aportación empresarial reducida. Si durante el período de aplicación de la reducción existiese una falta de ingreso, total o parcial, de las obligaciones en plazo reglamentario, se producirá la pérdida automática de la reducción a partir del mes en que se produzca el incumplimiento. b) No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos u otros declarados judicialmente como improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción. Tampoco podrán haberse extinguido contratos de trabajo por despidos colectivos realizados en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción. Foto: http://www.freedigitalphotos.net/

Nueva cotización obligatoria para nuevos autónomos

La semana pasada el Ministerio de Empleo aprovechó para incluir en el anteproyecto de ley de mutuas, una nueva normativa para la cotización de cese de actividad comúnmente denominado “paro de autónomos”.

Con la nueva normativa, los nuevos autónomos que se den de alta en la Seguridad Social estarán obligados a cotizar por dicha prestación desde el primer momento. Hasta ahora sólo era obligatorio para los autónomos económicamente dependientes, es decir aquellos que sólo tienen un cliente.

Esta cotización genera bastante controversia, ya que según datos facilitados por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) en octubre de 2013, solamente el 20% de los que solicitaron esta prestación durante el año pudieron efectuar el cobro, principalmente por las dificultades para acreditar los motivos del cese de la actividad.

Por ello esta nueva legislación prevé una serie de cambios orientados a facilitar el acceso a la solicitud de la prestación en el caso de cese de la actividad, no se exigirá a los trabajadores un umbral de pérdidas y sólo deberán acreditar números rojos durante el primer año. Además también permitirá ponerse al día de las cuotas de la Seguridad Social para poder cobrar dicha prestación.

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‘PIN 24 horas’ para agilizar los trámites ante la Agencia Tributaria

Hoy volvemos a hablar en el blog de Contasimple del nuevo sistema de firma electrónica que pone en marcha la Agencia Tributaria el próximo mes de diciembre. Se trata del llamado "PIN 24 horas", que permitirá a los autónomos y, en general, a personas físicas presentar por Internet un amplio abanico de declaraciones informativas y de autoliquidaciones sin necesidad de certificado electrónico.

El Ministerio de Hacienda ha publicado con fecha 26 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden ministerial que habilita este sistema y que permitirá que las primeras declaraciones sean presentadas en enero de 2014, coincidiendo con las declaraciones correspondientes al cuarto trimestre del año.Continuar leyendo

El IVA, ese impuesto objeto de deseo

Cuando el río suena…Echamos mano de este popular dicho para hablar de nuevo del Impuesto sobre el Valor Añadido que vuelve a la actualidad por varias razones.

La primera y la más importante ha sido que el presidente del Gobierno haya dicho que “explorará”  la posibilidad de subir el IVA pero ha negado que eso signifique vaya a hacerlo.Continuar leyendo