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Agenda del IVA en los autónomos (II)

Calendario fiscal de los autónomosLa semana pasada os hablamos de los seis primeros meses del año del  calendario fiscal de los autónomos, desde un punto de vista de IVA e Impuesto de Sociedades.

Hoy damos en detalle la agenda fiscal de los autónomos para el segundo semestre del año.

Julio:
Los autónomos que realicen la declaración mensual del IVA tienen que realizan, antes del 20 de julio la liquidación del impuesto de junio.

Si son autónomos pero escogieron constituirse en sociedad / persona física deben pagar el Impuesto de Sociedades utilizando el modelo 200.

Por otro lado, los autónomos tienen de plazo hasta el 20 de Julio para pagar de forma fraccionada la renta, por estimación directa a través del (formulario 130) u estimación objetiva (formulario 131).

Agosto:
Los autónomos que realicen la declaración mensual del IVA tienen que realizan, antes del 20 de Agosto la liquidación del impuesto de julio.

Septiembre:
Los autónomos que realicen la declaración mensual del IVA tienen que realizan, antes del 20 de Septiembre la liquidación del impuesto de agosto.

Octubre:
El límite de pago es el del 20 del mes para poder declarar el IVA de Septiembre si eligieron la declaración mensual.

Por otro lado, los autónomos tienen de plazo hasta el 20 de Octubre para pagar de forma fraccionada la renta, por estimación directa a través del (formulario 130) u estimación objetiva (formulario 131).

Aquellos trabajadores autónomos que eligieron darse de alta en forma de empresa / persona física tienen como fecha límite el 20 de Septiembre para pagar de forma fraccionada el Impuesto de Sociedades, utilizando el formulario 202.

Adicionalmente, los autónomos disponen de plazo hasta el 31 de Octubre para incluir en la cuenta corriente tributaria, por la que se formalizarán pagos y cobros con la Agencia Tributaria.

Noviembre:
Si el autónomo eligió la declaración mensual del IVA la fecha límite es el 21 de este mes para la liquidación del impuesto de Octubre. Además corresponde el ingreso del segundo plazo de la declaración de la renta en caso que sea fraccionado el pago, a través del modelo 102.

Diciembre:
Para finalizar el año, uno de los últimos pasos será liquidar el IVA de noviembre si están acogidos a la declaración mensual de este impuesto.

Además, los autónomos que eligieron darse de alta en forma de empresa / persona física tienen como fecha límite el 20 de Diciembre para pagar de forma fraccionada el Impuesto de Sociedades, utilizando el formulario 202.

Una de las posibilidades que da el último mes del año y hasta 2 de Enero del siguiente, es poder modificar a voluntad propia su modo fiscal; aunque es necesario aclarar que si lo hacen se les modificará la forma de enfrentar el pago de sus impuestos.

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