Una de las tareas más tediosas a las que todo autónomo se enfrenta es el pago trimestral del IVA. Para eso lo primero que hay que tener claro es qué es el IVA y el tipo de IVA que debemos aplicar a cada una de las facturas. La mayoría de cargos importantes incluyen el porcentaje de IVA correspondiente pero hay en otras que deberemos calcularlo por nuestra cuenta; como es el caso de los ticket de autopista y otros gastos derivados del transporte, así como en determinados comercios.
Tipos de IVA:
En primer lugar debemos saber qué tipo de IVA vamos a aplicar. En España se distinguen tres:
- IVA general (18%). El IVA general es el que se aplica por defecto a todos los productos y servicios. Desde ropa, calzado, tabaco, bricolaje, fontanería, tecnología, etc. Todos ellos y la mayoría de artículos están sujetos al IVA general, que es del 18%.
- IVA reducido (8%). En este tipo de IVA se incluye una lista bastante larga de los alimentos en general (a excepción de los alimentos de primera necesidad que soportan un IVA superreducido), así como el transporte de viajeros; servicios de hostelería y hotelería; entradas a espectáculos; servicios funerarios; peluquerías; dentistas; edificios, viviendas y complementos para el diagnóstico o alivio de enfermedades.
- IVA superreducido (4%). El IVA superreducido se aplica a los productos y alimentos de primera necesidad como el pan, leche, huevos, frutas, verduras, hortalizas, cereales y quesos. Además, también se benefician de este IVA los libros, periódicos y revistas no publicitarios; medicamentos de uso humano; sillas de ruedas para minusválidos y prótesis y Viviendas de Protección Oficial.
Como calcular el IVA:
Una vez que ya sabemos el tipo de IVA que debemos aplicar sólo es necesario ponerse a ello. Aunque puede parecer complicado, calcular el IVA es, más que nada, tedioso.
Para calcular el IVA basta con aplicar una serie de fórmulas matemáticas sencillas para dar con la cantidad que podremos incluir en concepto de IVA soportado, es decir, el IVA que después podremos pedir que se devuelva o restar al IVA repercutido en la declaración trimestral, o por el contrario podremos calcular el IVA devengado por nuestros servicios.
Para calcular el importe de IVA de una cantidad sólo hay que multiplicar esta cifra por el tanto por ciento de IVA expresado en números decimales. La fórmula sería la siguiente: cantidad x 0.18 (si el IVA es de tipo General).
Para obtener la cantidad ya con el IVA incluido hay que aplicar la siguiente fórmula: cantidad x 1.18
Para calcular la diferencia entre el precio sin IVA de uno con IVA la fórmula es la siguiente: cantidad / 1.18
De esta forma se puede determinar el IVA que hemos pagado para restarlo al IVA que hemos emitido o IVA repercutido. Así, aunque todas las facturas que emitamos y que recibamos deben tener su correspondiente IVA bien señalado, podremos planificar mejor el pago trimestral de este impuesto en el que los trabajadores autónomos y las empresas en general, ejercen de recaudadores para el Estado.
Fuente: GestiónPyme