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Autónomos, pymes y la Ley de Unidad de Mercado

La Ley de Garantía de Unidad de Mercado que acaba de aprobar el Gobierno permitirá que la actividad comercial y de servicios se desarrolle en igualdad de condiciones en toda España porque las empresas podrán comercializar sus productos o servicios en todo el territorio nacional con una única licencia.

El Gobierno cree que favorecerá la creación de empleo y que supondrá un importante punto de apoyo para pymes y autónomos.

¿Cómo será posible?

El sistema se basa en un sistema de licencia única de manera que la empresa que tenga autorización para operar en una Comunidad Autónoma pueda hacerlo en otra sin problemas burocráticos o legales. La idea se basa en el principio de cooperación de las administraciones públicas. Todo un reto en aras a favorecer la creación de nuevas empresas, la libre actividad empresarial  o la reducción de trámites y costes.

Si las previsiones del Gobierno se cumplen serviría, además, para aumentar el PIB en un 1,5% en los próximos diez años a razón de 1.500 millones de euros al año.

Y sobre todo, serviría para dar un respiro a pymes y autónomos que, con menor capacidad económica, no pueden enfrentarse a un mercado excesivamente fragmentado.

Pero como casi todo lo que tiene que ver con la organización territorial de nuestro país, la norma nace con polémica. Cataluña, Andalucía, País Vasco y Canarias se oponen porque creen que vulnera sus competencias.

Los puntos principales de la ley

  1. Licencia única y legislación de origen:
    • Cualquier producto o servicio producido al amparo de cualquier normativa autonómica podrá ser ofertado en cualquier punto del territorio español sin necesidad de modificación o trámite adicional.
    • El establecimiento de este principio elimina de inmediato el coste de tener que someterse a diecisiete regulaciones distintas para operar en España.
  2. Restricciones al sometimiento de autorizaciones y requisitos prohibidos.
    • Se limitan los supuestos en los que las Administraciones Públicas pueden someter a autorización el ejercicio de actividades económicas.
    • Se prohíbe la exigencia de requisitos basados directa o indirectamente en el lugar de residencia del operador.
  3. Cooperación administrativa.
    • Se regulan mecanismos de cooperación entre Administraciones Públicas para el intercambio de información necesario entre las autoridades de origen y de destino.
  4. Procedimiento ágil de resolución de conflictos.
    • Se legitima a la futura Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia para recurrir en vía contencioso-administrativa cualquier acto que vulnere la unidad de mercado.
    • La admisión a trámite de dicho recurso podrá significar la suspensión automática del acto o disposición recurridos.
    • Se permite a los operadores solicitar a esta Comisión el recurso de actos o disposiciones contrarias a la unidad de mercado que les afecten.
    • Ello implica que los operadores podrán obtener la suspensión de sanciones impuestas hasta que no se pronuncie un órgano jurisdiccional evitando las pérdidas ocasionadas por dilaciones judiciales.

 Organizaciones de autónomos como ATA, Uatae y OPA se han mostrado satisfechas con la norma porque creen que ayudará a solucionar el “desbarajuste normativo” entre las distintas administraciones a la hora de abrir un negocio y poder ejercerlo en todo el territorio nacional “sin trabas”.

Foto: http://www.freedigitalphotos.net

 

 

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