Artículo actualizado el 24 de abril de 2020
Se consideran bienes de inversión los bienes muebles, herramientas o inmuebles destinados a ser utilizados durante más de un año como instrumentos de producción o de trabajo en el desarrollo de tu actividad económica o profesional. En este artículo te explicamos cómo amortizarlos contablemente y deducirlos correctamente en el IVA y en el IRPF.
Ejemplos de bienes de inversión
- Ordenadores y programas informáticos para el desarrollo de tu actividad profesional.
- Mobiliario dedicado a realizar tu trabajo: mesas, sillas entre otros.
- Inmuebles, locales e instalaciones afectadas a tu actividad económica.
- Maquinarias y herramientas que utilizas para llevar a cabo tu actividad económica o profesional.
- Elementos de transporte para desarrollar tu actividad. A tener en cuenta las reglas especiales en este sentido para los vehículos, que son distintas para el IVA y en el IRPF.
¿Qué no tiene la consideración de bienes de inversión?
- Los accesorios y piezas de recambio adquiridas para la reparación de los bienes de inversión utilizados.
- La reparación de otros bienes de inversión.
- Los envases y embalajes, aunque sean reutilizables.
- Las ropas utilizadas para el trabajo.
¿Cómo se deducen los gastos de los bienes de inversión?
La deducción de los gastos en los bienes de inversión es diferente en el IVA (la parte de IVA soportado en tu factura de compra) y en el IRPF (la base imponible de tu factura de compra).
Deducción del IVA en los bienes de inversión
Puedes recuperar el importe de IVA soportado en tu factura de compra en el mismo ejercicio en que lo has comprado.
El importe mínimo para considerar un bien de inversión a efectos de IVA es de 3005,06€ de base imponible.
Además, tienes que reflejarlo en tu liquidación trimestral de impuestos (Modelo 303) en la casilla destinada a los bienes de inversión.
También tienes que llevar el libro registro de bienes de inversión.
Has de tener en cuenta que sólo será deducible el 100% de las cuotas soportadas del impuesto en la medida en que los bienes adquiridos estén afectos totalmente a la actividad.
Un ejemplo en el que un autónomo no puede deducir el 100% del IVA es en la compra de un vehículo ya que se considera que no está totalmente afecto a la actividad y por ello sólo es deducible el 50%.
Deducción del IRPF en los bienes de inversión
El gasto de la compra de un bien de inversión a efectos de IRPF (base imponible de la factura de compra) tiene que deducirse a través de su amortización.
Los bienes de inversión, al contrario que los gastos corrientes, se deprecian con su uso a lo largo del tiempo; de manera que tenemos que deducirnos su gasto de IRPF poco a poco en varios períodos según las reglas de amortización que veremos a continuación.
Podrán amortizarse libremente los bienes de inversión cuyo valor no exceda de 300€ (hasta el límite de 25.000,00€ en el mismo ejercicio) siempre y cuando sean inmovilizado material y nuevos.
Amortización de los bienes de inversión
Para calcular la amortización, lo primero que necesitarás tener a mano son las llamadas tablas de amortización que elabora la Agencia Tributaria. En estas tablas se incluyen los datos que tienes que utilizar para obtener el importe de la amortización, y por tanto, el gasto a incluir en la actividad: El tipo de elemento que queremos amortizar, el coeficiente de amortización y el periodo de años máximo. Te adjuntamos los enlaces de la Agencia Tributaria donde puedes encontrar las tablas de amortización según tu régimen fiscal:
Tabla de amortización de Régimen Estimación Directa Simplificada (el régimen más habitual entre los autónomos).
Tabla de amortización para Sociedades (en el caso de que seas una pyme).
Contabiliza y amortiza tus bienes de inversión en Contasimple
Contasimple contabiliza de forma automática tu bien de inversión: Haz clic en la pestaña de Contabilidad → Bienes de inversión y en la parte superior haz clic sobre el enlace Nuevo bien de inversión.
Se te mostrará la pantalla para contabilizar un nuevo bien de inversión. Has de rellenar todos los datos de la información de la factura que te solicita y en la parte inferior de la pantalla, en el apartado de Información sobre la amortización debes indicar el Tipo de bien.
En tipo de gasto, selecciona si se trata de la amortización de un bien intangible, tangible o una inversión inmobiliaria.
Añade el concepto, cantidad y precio. Si tienes el producto en tu catálogo, podrás importarlo automáticamente. Después, haz clic en «seleccionar el tipo de bien».
En la tabla de amortizaciones que se abrirá, selecciona el estado de uso y el tipo de bien. En nuestro ejemplo, como se trata de un ordenador, seleccionamos «Equipos para el tratamiento de la información y sistemas y programas informáticos». Al lado de cada tipo de bien tienes los coeficientes que puedes aplicar para cada uno.
Selecciona el método de amortización que quieres aplicar:
- Por coeficiente (valor de amortización anual)
- Por período (número de años)
Al escoger el tipo de bien observarás que el programa te informa que puedes amortizar por coeficiente anual o período y te indica los valores mínimos y máximos a aplicar según el tipo de bien elegido.
Desde Contasimple siempre aconsejamos amortizar el Bien de Inversión lo más rápido posible. Así es como se obtiene una mayor desgravación. Para ello, debes introducir siempre el mayor coeficiente de los permitidos.
Una vez hecho todo lo anterior, haz clic sobre Insertar y el programa registrará el Bien de Inversión. Ya tienes tu bien de inversión registrado en tu listado de bienes de inversión:
Más información sobre la amortización del inmovilizado o de los bienes de inversión en Contasimple en este enlace.
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Tengo una duda práctica respecto al funcionamiento de Contasimple en esta cuestión. Contabilicé la factura de un ordenador en el apartado de «Facturas recibidas», pero si quiero dar de alta ese ordenador como bien de inversión, me avisa de que ya existe esa factura y se contará por duplicado. ¿Cómo debo hacer entonces? ¿Sólo introducirla en el apartado de bien de inversión?.
Hola Julián!
La Agencia Tributaria estipula en 300€ el importe a partir del cual la amortización de un bien es obligatoria (refiriéndose siempre a la base imponible del bien, nunca incluyendo sus impuestos). Por tanto, el autónomo nunca debe imputar en el libro de registro de facturas recibidas o de gastos ninguna adquisición de bienes cuya base imponible sea superior a 300€, debiendo imputarlo directamente en este libro de registro.
Al igual que ocurre con el resto de libros de registro, todo bien registrado en este libro no deberá serlo en ningún otro, o estaremos desgravando el mismo bien más de una vez, falseando así nuestra contabilidad.
La normativa que rige la amortización de bienes es un poco compleja; sin embargo,cualquier duda que te quede estaremos encantados de solucionártela a través del formulario https://www.contasimple.com/contacto.aspx o del teléfono 932 933 806.
¡Muchas gracias por tu comentario!
En 2006 compré mi vivienda habitual. En 2021 me hice autónomo y utilizo mi vivienda como lugar de trabajo. Me gustaría saber cómo puedo desgravar los gastos de la hipoteca ya que utilizo el programa Contasimple. Gracias.
Buenos días, Juan:
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