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Qué es el Régimen Simplificado del IVA y cambios para el 2019

régimen simplificado del iva

El régimen simplificado del IVA se aplica a los autónomos que cotizan en estimación objetiva o sistema de módulos en el IRPF. Es compatible con el régimen de agricultura, ganadería y pesca y con el recargo de equivalencia. Pero nunca con el régimen general del IVA. Para más información sobre quién se puede acoger al régimen simplificado del IVA, consultar el siguiente enlace

Para quién está pensado el régimen simplificado del IVA

Este sistema está pensado para los autónomos cuyos negocios requieren una gran cantidad de facturas. Como, por ejemplo, el sector de hostelería (restaurantes, bares, cafeterías), transporte, o servicios como peluquerías y centros de belleza. Sigue leyendo y descubre sus ventajas.

Qué ventajas tiene el régimen simplificado del IVA

Los autónomos acogidos a este régimen quedan exceptuados de la obligación de emitir factura por las actividades realizadas. Esto facilita su contabilidad. 

Requisitos para acogerse al régimen simplificado del IVA

Estos son los requisitos de la Agencia Tributaria (AEAT):

  • Todas las actividades que se realizan tienen que estar incluidas en la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que desarrolla el régimen especial simplificado. Además, no deben rebasar los límites establecidos en la misma para cada actividad.
  • Ingresos en el año inmediato anterior. No pueden superar ninguno de estos importes:
    • 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas; excepto las agrícolas, forestales y ganaderas.
    • 250.000 euros para el conjunto de actividades agrícolas, forestales y ganaderas.
  • Adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el ejercicio anterior, excluidas las adquisiciones de inmovilizado. No deben superar los 250.000 euros anuales (IVA excluido).
  • No haber renunciado a su aplicación.
  • No estar excluido de la estimación objetiva del IRPF ni del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el IVA.
  • Ni realizar ninguna actividad en estimación directa del IRPF o en alguno de los regímenes del IVA incompatibles con el régimen simplificado.

 

Obligaciones contables y registrales del régimen simplificado del IVA

Como obligaciones contables y registrales de este régimen, únicamente deberán:

  • Llevar un Libro Registro de facturas recibidas.
  • Y el Libro Registro de operaciones, si se realiza alguna de las actividades cuyos índices o módulos operen sobre el volumen de ingresos.
  • Conservar los justificantes de los índices o módulos aplicados.

Cambios previstos en el 2019 en módulos para los autónomos

A partir del 1 de Enero de 2019, los autónomos que tributan por el sistema de módulos (Régimen simplificado) tendrán un nuevo límite de facturación anual: de 250.000 euros a 150.000 euros. Para algunos autónomos este cambio aprobado por Hacienda y que está previsto que entre en vigor el próximo año 2019, dificulta las condiciones de acogerse a este sistema. Muchos de estos autónomos se verán obligados a pasar a la cotización común (régimen general), lo cual tiene como principales consecuencias un mayor pago de impuestos y  nuevas obligaciones en su contabilidad y facturación.

Publicado en Impuestos, IVA.

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