El anteproyecto de Ley de Creación y Crecimiento de Empresas prevé que la factura electrónica sea obligatoria para las empresas con una facturación anual superior a ocho millones de euros al año desde la publicación de esta futura ley, por lo que podría ser obligatoria en 2023. Para el resto de empresas y autónomos, se prevé que la factura electrónica sea obligatoria al cabo de 3 años de dicha publicación.
¿Qué se persigue con la obligatoriedad de la factura electrónica para empresas y autónomos?
La promoción del uso de la factura electrónica en operaciones entre empresas y autónomos es una medida para:
- Digitalizar las relaciones empresariales.
- Reducir costes de transacción.
- Facilitar la transparencia en el tráfico mercantil.
- Reducir la morosidad comercial. La primera condición para lograrlo es contar con información fiable sobre los plazos de pago efectivos. Junto a esta medida se incorporan incentivos para el cumplimiento de los plazos de pago, incluyéndose como requisito de acceso a subvenciones y como causa de resolución y condición penalizable en la contratación pública.
La digitalización de las empresas y autónomos
El programa Kit Digital financiado con fondos europeos es el primer paso para ayudar a autónomos y pymes a digitalizarse y así favorecer la introducción de la factura electrónica en los pequeños negocios.
Reducción de costes de transacción
La eliminación paulatina de la factura en papel ayuda a reducir costes tanto materiales como de transporte de documentos. Además, da agilidad y rapidez en el envío de documentos al promocionar los ficheros digitales.
Mayor transparencia del tráfico mercantil
La factura electrónica obligatoria deviene imprescindible para conseguir los objetivos de la Ley Antifraude y la regulación de los software de facturación para conseguir una buena trazabilidad de las facturas.
Reducción de la morosidad comercial
Dado que son las empresas pequeñas las que sufren en mayor medida las malas prácticas en relación a los plazos de pago, urge que la implementación de las iniciativas que incentivan los pagos sin demora se introduzcan en primer lugar en el plano de las grandes empresas, con el fin de reducir sus comportamientos en lo que respecta a la gestión de pago a proveedores.
Al mismo tiempo, es razonable conceder a las empresas de menor tamaño un mayor periodo de tiempo para adaptarse a esta obligación. El despliegue del programa Kit Digital permitirá a las empresas de menor tamaño tener un periodo de transición para adaptarse y contar con el apoyo necesario, ya que el proceso de digitalización de la factura puede conllevar un mayor esfuerzo para las empresas de menor tamaño.
Por tanto, resulta lógico que las empresas de menor tamaño cuenten con un periodo transitorio de 3 años para la implementación de la factura electrónica obligatoria, mientras que las grandes empresas, con mayor músculo financiero, encaren la transición más rápidamente, al cabo de un año desde que se publique la futura ley.
Esta misma ley también prevé otras medidas para intentar reducir la morosidad comercial:
- El cumplimiento de los plazos de pago será un requisito para acceder a las subvenciones públicas.
- Refuerzo de la normativa de contratación pública para garantizar que los adjudicatarios abonen en tiempo el
precio pactado con los subcontratistas.
Supuesto en que la factura electrónica ya es obligatoria a día de hoy
La factura electrónica ya es obligatoria en su formato FacturaE para todas aquellas empresas que son proveedores de empresas públicas.
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