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Cómo afecta el impuesto al plástico a los autónomos

Cómo afecta el impuesto plástico a los autónomos 

El impuesto sobre el plástico no reutilizable ya es una realidad en España desde principios de año. Se trata de la aplicación de la Ley 7/22, de 8 de abril de 2022, o ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular. El principal objetivo de la norma es reducir el impacto de los residuos de plástico en el medioambiente. 

Los principales afectados de estas medidas son las empresas y profesionales que utilizan este material en sus negocios, como fabricantes y distribuidoras. Una de sus grandes preocupaciones es hasta qué punto afectará a su economía y la gestión del impuesto. Si es vuestro caso, seguid leyendo. 

¿Qué es el impuesto al plástico? 

El impuesto del plástico es una tasa de naturaleza indirecta que repercute sobre el consumo y no sobre la renta de quienes lo consumen. Es decir, que tendrán que soportarlo aquellos profesionales que utilicen este material en sus negocios, por el que tendrán que pagar 0,45 euros por kilo. 

Entre los sectores más afectados se encuentran los fabricantes y las empresas que manipulen envases de este material. Y se incluyen tanto aquellas que los importan como quienes los adquieren para su uso profesional. Por tanto, es obligatorio notificar cada movimiento que se haga de estos contenedores, así como su volumen de producción. Los autónomos también están obligados por esta norma, siempre que usen más de 5 kilos de plástico no reciclable al mes. 

Este impuesto sobre envases de plástico no reutilizables, que introduce la ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular, va a beneficiar mucho a las arcas públicas, ya que se espera una recaudación de 690 millones anuales. Según la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas esta tasa incrementará los costes de producción. Esto significa que las empresas y los profesionales tendrán que subir precios o reducir márgenes de beneficio. 

¿A qué productos afecta el impuesto al plástico? 

El impuesto sobre el plástico afecta a todos los envases que hayan sido fabricados con material no reutilizable. Siempre y cuando su diseño esté destinado a manipular, proteger, presentar, distribuir y contener mercancías. Ejemplo de ello son botellas, bidones, envases de alimentos, los sobres de salsa, aceites, mermeladas, etc. También están incluidos los objetos semielaborados con este material que se utilicen para obtener estos envases. 

Por último, el impuesto del plástico se aplicará a aquellos artículos de plástico que sirvan para cerrar, presentar o incluso comercializar todo lo anterior: pinzas, cerraduras, clips, bolsas de cierre hermético, etc. 

Por otro lado, no están sometidos al impuesto al plástico aquellos envases que sirvan para sustentar la mercancía durante todo su recorrido. Se libran, por ejemplo, el tóner de impresoras, el envoltorio de las cápsulas de café o el del detergente líquido. 

¿Cuándo se devenga el impuesto sobre los envases de plástico? 

Todas las normas nuevas, especialmente las relacionadas con las tasas, suelen provocar algo de confusión al principio. El impuesto sobre el plástico no es una excepción. En concreto, los devengos dependerán de la actividad que realicéis y cuál sea vuestra relación con este material: 

  1. Si formáis parte del sector de la fabricación, el devengo tendrá lugar cuando hagáis la primera entrega al comprador, en territorio español. 
  1. En el caso de las importaciones, siempre os tendréis que guiar por la legislación aduanera. Por tanto, el devengo será simultáneo a los derechos de importación. 
  1. Cuando se trate de adquisiciones intracomunitarias será el día 15 del mes posterior al que se hizo el transporte de la mercancía. Aquí se hace una excepción, ya que si la factura se expide antes, el devengo del impuesto tendrá lugar en esa misma fecha. 

Liquidación y gestión del impuesto 

A la hora de gestionar y liquidar el impuesto del plástico tendréis que daros de alta en un registro online territorial, exclusivamente desarrollado para esto. Es obligatorio que en él se inscriban fabricantes, adquirientes y representantes de toda la Unión Europea. A continuación, os darán un código identificativo, denominado CIP, por actividad y establecimiento. 

Después tenéis que calcular bien la base imponible del impuesto. Cuidado con estos números, ya que si lo hacéis mal, podéis ser multados. Este cálculo corresponderá al peso total de plástico no reciclado que contienen vuestros productos. Es decir, que cualquier artículo que lleve este material ha de ser tenido en cuenta. 

En cuanto a la periodicidad, dependiendo de si la gestión es de autoliquidación o devolución, será diferente. Hacienda ha habilitado dos modelos: 

  1. Para la autoliquidación utilizad el modelo 592. Lo podéis presentar mensual o trimestralmente. De él os hablaremos más adelante. Si sois autónomos, es buena idea aprovechar la declaración del IVA con la misma periodicidad para presentarlo. 
  1. Para la devolución, usad el modelo A22; se hace cada trimestre. 

Para las empresas fabricantes el control va a ser más estricto. La Administración os obliga a llevar una contabilidad mensual y una gestión muy rígida sobre la cantidad de plástico que utilizáis o manipuláis. Para las exportaciones también será necesario llevar al día un Libro de Registro de Existencias de forma mensual. 

Sanciones y multas 

Las infracciones a la ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados se recogen en el artículo 83. Estas multas se impondrán a las empresas que no hagan la gestión y tributación correctas del impuesto para el plástico. Estas son las más destacadas: 

  • Multa de 1000 euros para quienes no se den de alta en el registro territorial del impuesto, que os hemos mencionado antes. 
  • Multa de, al menos, 1000 euros para quienes falsifiquen la cantidad de plástico no reciclado en sus productos. También para aquellos que declaren una cantidad incorrecta, aunque no haya sido con mala intención. 
  • Multa de 1000 euros para quienes no cuentes con representante. 
  • Multa de 75 euros por cada factura incorrecta que se presente, siguiendo lo que dicta el artículo 82.9 de la normativa. 

El modelo 592 

Aunque la ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular ya ha entrado en vigor desde el 1 de enero de 2023, la Administración ha aprobado medidas excepcionales para pymes y autónomos. La más importante es que, este primer año no están obligados a presentar el libro electrónico de adquisiciones hasta junio. Además, la primera liquidación la pueden acumular y hacerla en el periodo trimestral del mes de julio con el modelo 592. A partir de entonces, ya tendrán que hacerlo mensualmente. 

Como os hemos dicho, en este modelo debéis registrar todos los envases de plástico no reutilizable que vendáis o adquiráis. En el ámbito fiscal y legal, en el libro electrónico de registro no olvidéis incluir todos estos campos: 

  • Número de asiento contable correlativo para la liquidación. 
  • Concepto, donde elegir entre si es adquisición intracomunitaria, si se ha enviado fuera de España o si el objeto se ha destruido. También debéis aclarar si se ha reincorporado al proceso de fabricación o lo habéis devuelto para su destrucción. 
  • Clave del producto con una letra que lo identifique. Este punto sirve para aclarar si se trata envases no reutilizables o productos plásticos semielaborados. Recordad que estos últimos también están sujetos al impuesto. 
  • Fecha de inscripción. 
  • Referencia del justificante. 
  • Peso total del plástico que hay en los productos, expresado en kilos. 
  • Peso total del plástico no reciclado, expresado en kilos. 
  • Razón social del destinatario o proveedor, así como el CIF o NIF correspondiente. 
  • Régimen fiscal en el que estéis. 

Software para la gestión del impuesto sobre el plástico 

A la hora de pagar tributos y llevar la contabilidad es importante que contéis con un software de gestión eficaz y pensado para vosotros. Especialmente ahora, que tenéis que añadir una tasa más a una larga lista, como es este impuesto envases de plástico no reutilizables. Lo mejor es confiar en una empresa que lleva años en el mercado y que se actualiza constantemente a la normativa. 

Con nuestra aplicación en la nube tendréis acceso a todas las gestiones, desde cualquier lugar y dispositivo. Además, os garantizamos la máxima seguridad de vuestros datos, ya que nuestro software cuenta con las más avanzadas soluciones de encriptación

Conocemos las necesidades de las empresas más pequeñas y los autónomos, por lo que podréis realizar el pago de impuestos ahorrando tiempo, espacio y dinero. Todos vuestros recibos y documentación de Hacienda se guardarán en el mismo lugar, al que podréis acceder fácilmente. De esta manera, tendréis la posibilidad de consultar la documentación que necesitéis o presentarla a la Administración de forma fácil y rápida. Todas las regulaciones para las empresas están pivotando sobre la facturación electrónica. Contar con un programa online de contabilidad os permitirá estar al día y adaptaros a la digitalización. 

Algunos retos a los que se enfrentan los autónomos 

A pesar de las excepciones de Hacienda para que autónomos y micropymes os pongáis al día con el impuesto sobre el plástico, se pueden presentar retos. Entre ellos, los más importantes son: 

  • Encontrar la información completa que pide la Administración. Los negocios que usan el plástico, como la hostelería, pero que no son fabricantes, no pueden pedir estos datos a los proveedores. Como no tienen la capacidad de exigirlos, no pueden certificar cuál es el origen de esos envases. Además, cuando los artículos proceden de otros países, si no hay ley que lo regule, simplemente no cuentan con la información. 
  • Los costes de gestión: Las pequeñas empresas y los autónomos están viviendo en una constante tensión con la Administración. Aunque el del plástico no será muy elevado, habrá que sumarlo a otros gravámenes y lleva aparejados otros costes. Por ejemplo, la obligación de tener un libro de registro electrónico para enviar a Hacienda. 
  • La necesidad de subir los precios . Al final, el impuesto lo acabará pagando el consumidor, ya que los negocios repercutirán el gasto en sus productos y servicios. Además, algunos sectores, como la alimentación, ya de por sí castigada por la inflación, son muy dependientes de estos envases. Por tanto, algunos negocios podrían estar en riesgo de desaparecer o, como poco, de perder competitividad. 

En cualquier caso, la ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular es solo uno de los motivos por los cuales deberíamos adaptarnos a un mercado más sostenible. La basura lleva tiempo siendo un gran problema medioambiental y una de sus principales causas es este material, en su versión no reciclable. Porque hay muchas alternativas que os van a permitir seguir usando envases sin tener que pagar impuestos. Las veréis a continuación. 

Alternativas al plástico no reutilizable 

Hace tiempo que tenemos a nuestro alcance plásticos reciclables. Cuando terminan su vida útil pueden convertirse en otros productos y volver al mercado una y otra vez. También están los recipientes que se fabrican con materiales totalmente biodegradables, por lo que se desintegran sin dejar residuos. Conocer las diferentes variedades de plástico nos ayudará en nuestra economía, pero también en nuestra conciencia medioambiental. Estos son los tipos más utilizados: 

  • PETE / PET (polietileno tereftalato): Se caracteriza por ser muy seguro, de gran calidad y con un coste bajo de reciclado. Se puede usar para fabricar contenedores para alimentos en frío, como botellas de agua, refrescos o aceite. 
  • HDPE (polietileno de alta densidad): Es muy rígido y resistente a la corrosión química. Se usa, sobre todo, para contener productos de limpieza. También es reciclable. 
  • PP (polipropileno): Su principal característica es que resiste muy bien el calor, la humedad, la grasa y los productos químicos. Es apto para el microondas y no libera toxinas al ser expuesto al calor. 
  • LDPE (polietileno de baja densidad): Es muy resistente y flexible y es el principal material con el que se hacen las bolsas de plástico. Su principal problema es que no es siempre reciclable y su uso es limitado. 
  • OPS (poliestireno biorientado): Transparente y seguro, por lo que se usa para llevar alimentos calientes. Es también reciclable. 

En definitiva, el impuesto sobre el plástico ya está en vigor para las empresas de nuestro país que utilicen envases de plástico no reutilizable. Todos los negocios que usen más de 5 kilos de plástico no reutilizable tendrán que pagar una tasa y declarar el volumen en Hacienda. Se trata de un trámite mensual obligatorio que puede poner en un aprieto a las empresas más pequeñas. Si necesitáis un software que os agilice la gestión, contacta con nosotros para ver cómo nuestras soluciones te pueden ayudar. 

Publicado en Autónomos, Impuestos.

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