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¿Los autónomos tienen que hacer la declaración de la renta? 

Hacer la declaración de la renta de los autónomos no es una tarea fácil, en primer lugar, porque muchos autónomos primerizos tienen dudas sobre su obligatoriedad: ¿cuándo es necesario hacerla o existen casos en los que se puede evitar? 

Por otro lado, es preciso rellenar múltiples casillas para no incumplir con la legislación vigente, lo que no resulta sencillo si se desconoce cómo hacerlo. Junto a ello, uno de los trámites más complicados para los autónomos en la declaración de la renta es autogestionar su contabilidad sin tener los conocimientos requeridos. Sin embargo, no es el único trámite complicado. La cuestión sobre cómo hacer la declaración del IVA también aparece de manera recurrente entre los profesionales. 

En este artículo, vamos a mostrarte si estás obligado a presentar la declaración para que no te lleves una sorpresa tras el ejercicio fiscal. Además, te ayudaremos a descubrir qué datos debes incluir en cada uno de los apartados. 

¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta? 

La Agencia Tributaria trata de ofrecer toda la información posible a los contribuyentes sobre sus obligaciones fiscales, pero todavía hay preguntas que quedan en el limbo debido a la ambigüedad de algunas leyes. Es importante que sepas que muchos ciudadanos están exentos de rellenar el modelo 100, aunque no todos se encuentran en la misma situación. 

Si soy autónomo, ¿tengo que hacer la declaración de la renta? Hasta ahora, para dar respuesta a esta pregunta, debíamos regirnos por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. En ella, se establecía que todo trabajador autónomo que hubiese obtenido unos ingresos superiores a los 1000 euros durante el ejercicio debía declarar su renta. 

Esto incluía a la mayoría de trabajadores por cuenta propia. No obstante, dejaba un pequeño margen para aquellos que acababan de empezar o para quienes solamente cotizaban de manera esporádica como autónomos, ya que en esos casos se podía evitar el trámite. 

En la actualidad, la situación ha cambiado por completo y a partir de 2024 cualquier profesional estará obligado, incluso si no ha obtenido ningún ingreso en su actividad. Así lo establece el Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio. 

En principio, esta legislación se introdujo para modificar el modo de cuantificar la cotización de los trabajadores por cuenta propia. Pese a ello, en el texto también se establece una modificación del artículo 96.2 de la Ley 35/2006 que hemos explicado antes. 

Este cambio en la práctica elimina el límite previo de 1.000 euros y dicta que todos los trabajadores por cuenta propia tendrán que declarar sus ingresos sin importar cuál fue la cantidad obtenida. Por tanto, sí. Todos los autónomos tienen que hacer la declaración de la renta a partir de 2024. 

Qué ocurre con los asalariados 

En el resto de los casos, la legislación continúa siendo idéntica a la de anteriores ejercicios. Los jubilados, desempleados o trabajadores por cuenta ajena no están obligados a realizarla en ningún caso, siempre que no superen los 14.000 euros de ingresos anuales y no hayan tenido, al menos, 2 pagadores que hayan aportado más de 1.500 euros. Además, aquellos que hayan tenido un solo pagador tienen un límite superior fijado en los 22.000 euros. 

Cuáles son los impuestos que tiene que presentar un autónomo 

Todos los profesionales por cuenta propia deben hacer frente a dos impuestos principales. 

IRPF 

El IRPF es un tributo que grava la renta de las personas físicas y supone un porcentaje muy importante que se descuenta de los beneficios mensuales. La Agencia Tributaria tiene varias formas de obtener este dinero. 

Por un lado, cuando un autónomo factura a cualquier otro profesional, siempre que su actividad se desarrolle en las secciones segunda y tercera del IAE, debe efectuarle una retención. Por norma general, el porcentaje establecido es del 15 %. 

Eso sí, si estás empezando y llevas menos de dos años como profesional, el porcentaje que puedes aplicar, de manera voluntaria, es de solo el 7 %. Esto no conlleva un impacto significativo en tus ingresos, puesto que antes o después tendrás que saldar cuentas con Hacienda, pero sí reduce el tiempo que tu dinero queda retenido. 

De igual modo, si al menos el 70 % de tus clientes son también autónomos, no estarás obligado a hacer la autoliquidación de IRPF trimestral. Es conocida como el modelo 130 y consiste en un pago fraccionado del IRPF que se abona a cuenta de la Agencia Tributaria. 

Cuando tengas que presentarla, has de saber que el Estado descuenta el 20 % de todos los beneficios del trimestre por esta vía. Aquí no se tienen en cuenta tus ingresos, por lo que se retiene el mismo porcentaje a todos los contribuyentes obligados a presentar el modelo 100. 

No obstante, a la hora de hacer la declaración de la renta, sí se valora este dato. Llegado el momento, si tus ingresos han sido inferiores a los 15 000 euros una vez hayas descontado todas las deducciones, todo el dinero retenido se devolverá a tu cuenta. Por el contrario, si has excedido esa cantidad, tendrás que tributar en función de tu tramo, con un máximo del 47 % si tus beneficios han superado los 300 000 euros. 

IVA 

Hacer la declaración de IVA supone un trámite cotidiano para la mayoría de los profesionales. Sin embargo, no todos están obligados a presentarla. Aquellos que en sus actividades no deban cobrar este impuesto, están exentos. Es el caso, por ejemplo, de los agentes de seguros. 

¿Cómo hacer la declaración de IVA? La autoliquidación de IVA se presenta con el modelo 303 y debe realizarse siempre tras la finalización de cada trimestre. Por consiguiente, los primeros diez días de enero, abril, julio y octubre se tiene que enviar toda la información a la Agencia Tributaria de los tres meses inmediatamente anteriores. Además, al finalizar el ejercicio fiscal, es preciso presentar el modelo 390 que refleja un resumen anual de todas las operaciones. 

El resultado de las declaraciones de IVA puede variar en función de la situación financiera de cada trimestre: 

  • A cero: Esto sucede cuando no ha habido actividad durante esos meses, sin importar el motivo. La liquidación se debe presentar de igual forma y tener una cuota de IVA de cero euros no cambia este trámite. 
  • Positivo: Es lo más habitual. Si los ingresos han sido mayores que los gastos, la Agencia Tributaria emitirá un recibo para recaudar el impuesto, normalmente, el día 21 del mes siguiente a la finalización del trimestre. 
  • Negativo: Cuando la empresa obtiene un resultado de IVA negativo, es decir, que el IVA soportado ha sido superior al repercutido, este se le compensa para el resultado del próximo trimestre. Pese a ello hay una excepción, y es que, en el último trimestre del ejercicio, si el resultado sale negativo, Hacienda hace un ingreso al autónomo por esa misma cantidad. 

Cómo hacer la declaración de la renta correctamente 

¿Te has preguntado alguna vez como hacer la declaración de la renta de los autónomos? Vamos a darte algunos consejos paso a paso para que no cometas ningún error. 

Certificado digital 

Como trabajador por cuenta propia, disponer de tu certificado digital te ahorrará muchos trámites presenciales, y uno de ellos consiste en hacer la declaración de la renta de los autónomos. La renta online está disponible desde abril y evitará que tengas que acudir a una oficina. Igualmente, no será preciso que hagas ningún trámite adicional, como llevar facturas, etc. 

Toda la información presentada en las autoliquidaciones trimestrales está en manos de la Agencia Tributaria y solo es necesario que la estructures en las casillas adecuadas. Y si requieres algún dato adicional, el certificado digital te dará acceso a sedes electrónicas muy importantes como la del Catastro o la de la Seguridad Social. 

Si no cuentas con certificado digital, también puedes hacer la renta por Internet siempre que te des de alta en Clave o, si lo prefieres, al conseguir la referencia. Para ello, tan solo deberás conocer la fecha de caducidad de tu DNI y disponer de la renta del año anterior. Hacienda te pedirá que confirmes una de sus casillas para asegurarse de que eres tú realmente quien busca la información y ya la podrás comenzar a tramitar. 

Estado civil y propiedades 

Una de las primeras cuestiones que debes abordar sobre cómo hacer la declaración de la renta de los autónomos tiene que ver con tu estado civil. Y es que, en función de tu situación, se llevarán a cabo diferentes deducciones en la renta. 

Además, en la página dos tendrás que rellenar también datos sobre tus descendientes o ascendientes. Tan solo debes ceñirte a la realidad y rellenar las casillas adecuadas. De la misma forma, es necesario que expliques qué viviendas tienes en propiedad y en qué porcentaje. 

Datos almacenados por Hacienda 

Como te hemos explicado, todas las retenciones que se han efectuado en el ejercicio anterior son almacenadas por la Agencia Tributaria. En la primera página del modelo 100, se hace una recopilación de todas ellas y te pedirán que tomes una decisión sobre esos datos. Aquellos ingresos que hayas obtenido como trabajador por cuenta ajena los tendrás que incorporar, y de forma automática aparecerán en su casilla correspondiente en la página cuatro de la declaración. 

Por el contrario, aunque todos los autónomos tienen que hacer la declaración de la renta, los ingresos con otras empresas que hayas conseguido por tu actividad como profesional tendrás que dejarlos aparte y hacer clic en «No incorporar». Todos estos apuntes los tendrás que hacer de manera manual. 

Beneficios ajenos al trabajo 

Las páginas cinco y seis de la declaración de la renta de los autónomos son relevantes si tienes ingresos por otras vías. Aquí has de anotar los datos relativos al capital mobiliario (en las casillas que van de la 24 a la 54), así como los rendimientos logrados gracias a tus inmuebles (en las casillas que van de la 55 a la 98). 

Rendimientos de la actividad 

A continuación, llega la parte fundamental de este trámite para cualquier profesional: la incorporación de todos los datos sobre su actividad. En este momento, hay que prestar atención a todas las casillas, puesto que la información que debes aportar es esencial: 

  • Casillas de la 165 a la 170: Aquí tendrás que introducir la actividad que has desarrollado. En caso de que sean varias, deberás distinguir los importes facturados en cada una de ellas. Los datos que tendrás que añadir, entre otros, son el régimen de estimación, así como el epígrafe del IAE en el que estás dado de alta. 
  • Casilla 171, «Ingresos de explotación»: Este dato ha de aglutinar todos los ingresos de la actividad del año anterior. Otras cuantías, como las recibidas por subvenciones, tienen que aparecer en la casilla 173 o 174. 
  • Casilla 176: Es necesario que anotes en este apartado la totalidad del IVA devengado durante el ejercicio. Conseguirás esta información directamente del modelo 390. 
  • Casilla 177: Si tu inventario entre un ejercicio y el siguiente ha variado, tienes que anotar en esta casilla ese cambio de valor. 
  • Casilla 180: Consiste en la suma de todos los ingresos desde la casilla 171 hasta la 179. 
  • Casillas 181 a 223: En este apartado, debes sumar todos los gastos deducibles de tu actividad. Toda esta información la tendrás disponible en tu libro de gastos, de modo que tan solo la tienes que trasladar. 
  • Casillas 224 a 235: Aquí habrás de anotar el rendimiento neto con sumas y deducciones. 

Los autónomos tienen que hacer la declaración de la renta, pero, además, si tu régimen de IVA es por módulos, debes rellenar las casillas que van de la 1441 a la 1484. 

Como ves, hacer la declaración de la renta de los autónomos es un trabajo que requiere de concentración y de una gran precisión a la hora de mostrar toda la información. No obstante, con los conocimientos adecuados la podrás tramitar sin ninguna complicación. Asimismo, con la ayuda de una herramienta como Cegid Contasimple de Cegid te resultará muy intuitivo todo el proceso, dado que tendrás todos los datos preparados para su incorporación. Ponte en contacto con nosotros y te asesoraremos sobre este software de contabilidad ideal para autónomos. 

Publicado en Autónomos.

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