- Educación: tanto privada como pública, cursos idiomas, etc.
- Sanidad: prestación de servicios de hospitalización y asistencia sanitaria.
- Servicios postales: Sellos de correos y efectos timbrados.
- Seguros : Operaciones de seguros, reaseguros y capitalización
- Productos financieros: Préstamos, créditos, depósitos, cheques, algunas comisiones, etc.
- Productos inmobiliarios: arrendamiento de viviendas y entrega en terrenos rústicos. También las segundas y posteriores entregas de viviendas.
- Loterías y apuestas del estado.
- Hay otras actividades que también están exentas de IVA entre las que se encuentran: prestación de servicios públicos, servicios al deporte, servicios de partidos políticos.
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Conoce el calendario fiscal del programa Contasimple
- 303→Declaración trimestral de IVA
- 390→Resumen anual IVA
- 130→Declaración trimestral de IRPF
- 100→Declaración anual IRPF
- 115→Declaración trimestral de retención de alquileres
- 180→Resumen anual retención alquileres
- 111→Declaración trimestral de retenciones de facturas recibidas
- 180→Resumen anual retención facturas recibidas.
- 347→Declaración informativa anual de operaciones con terceras personas
Requisitos, obligaciones y trámites para capitalización del paro
- Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo.
- Tener a fecha de realizar la solicitud al menos tres mensualidades.
- No haberse beneficiado de esta medida en los cuatro años anteriores.
- Justificar la incorporación como socio trabajador a una cooperativa de trabajo asociado, sociedad laboral o mercantil, en funcionamiento o de nueva creación.
- Justificar la realización de una actividad como autónomo.
- Una vez percibido el importe, se deberá iniciar la actividad en un plazo máximo de un mes.
- Presentar en la Entidad Gestora la documentación acreditada del inicio de la actividad.
- Destinar la cantidad percibida a la aportación de la cooperativa o de la sociedad o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad en caso de autónomos.
- Impreso oficial de la solicitud de capitalización.
- Memoria explicativa del proyecto de la inversión y la actividad a desarrollar así como la documentación que acredite su viabilidad.
Los mayores de 30 años podrán capitalizar el 100% del paro.
Operaciones intracomunitarias, exportaciones e importaciones
- Entregas intracomunitarias: venta de mercaderías y/o prestación de servicios desde España a otros países de la Unión Europea, estas operaciones están exentas de IVA.
- Adquisición intracomunitaria: compras de mercaderías y prestación de servicios a otros países de la Unión Europea, que si que están sujetas a IVA pero se autoliquidan mediante inversión del sujeto pasivo a la hora de presentar el impuesto.
- Inscripción en el Registro de las Operadores Intracomunitarios (ROI): con el correspondiente modelo (036) en el cual nos asignarán un número especial de identificación fiscal.
- Comprobación NIF: Si realizamos una entrega intracomunitaria y queremos emitir sin IVA estamos obligados a comprobar previamente que nuestro cliente está inscrito en el ROI. Para ello se puede comprobar en el censo VIES.
- Comunicación de nuestro NIF: Por lo contrario cuando realicemos adquisición intracomunitaria deberemos comunicar al proveedor nuestro NIF para que pueda realizar la comprobación en el registro de su país.
- Presentación de modelos: Al presentar el modelo 303 (declaración trimestral de IVA) se deberá recoger la información de dichas operaciones. El IVA repercutido y el IVA soportado tal como lo facilita Contasimple en el resumen correspondiente. Además se deberá presentar el modelo 349, que es el resumen de las operaciones intracomunitarias realizadas.
Informe de pérdidas y ganancias, fundamental para tu empresa
Como os hemos venido contando, hemos estrenado nuevas funcionalidades en Contasimple, la aplicación de facturación, contabilidad e impuestos fácil para autónomos y pymes.
Una de las más demandadas por nuestros usuarios es la puesta en marcha de una nueva sección, la de Informes -accesible desde la pestaña de mismo nombre- en la que encontrarás, en primer lugar, el Informe de Pérdidas y Ganancias.
El modelo 303 para el IVA, ahora más fácil con Contasimple
El modelo 303 para el IVA es el formulario a través del cual empresarios y profesionales que desarrollan una actividad económica comunican a la Agencia Tributaria (AEAT) cuáles han sido sus saldos en lo relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y proceden a la autoliquidación del mismo, teniendo en cuenta que puede resultar a pagar, a devolver o a compensar o bien podrá declararse resultado cero/sin actividad (casilla 48). Descubre cómo se calcula el IVA trimestral en este enlace.Continuar leyendo
2014 trae nuevas funcionalidades para Contasimple
El 2014 será un año cargado de novedades para pymes y autónomos en materia fiscal y de contabilidad. También lo será para Contasimple, nuestra herramienta web de gestión de impuestos, facturación y contabilidad.
Con el nuevo año han llegado también nuevas funcionalidades que ponemos a disposición de nuestros usuarios y que os queremos detallar.
- En primer lugar, ya se pueden descargar los cálculos del Modelo 303 en fichero para importarlos a la web de la Agencia Tributaria y que se genere el PDF automáticamente o para su presentación de forma telemática.Continuar leyendo
Un buen plan de gestión online para las gestorías y asesorías
Las gestorías y asesorías que se ocupan de los asuntos fiscales han quitado más de una vez un buen dolor de cabeza a pymes y autónomos.
Los servicios prestados por estos profesionales se basan en el asesoramiento en torno a asuntos tan complejos como la gestión y liquidación del IVA, el impuesto de la Renta o las cuestiones laborales y, en general, de contabilidad o la facturación.Continuar leyendo
Las ventajas de gestionar contabilidad e impuestos en la nube
Seguro que muchas veces os habréis preguntado por las ventajas de la ‘nube’. En realidad, quizá la pregunta haya sido ¿pero qué es la nube?
La respuesta es sencilla: El también llamado cloud computing se refiere a la tecnología que permite almacenar nuestros datos en servidores remotos y acceder a ellos a través de Internet. La información de la que disponemos no se guarda en equipos físicos nuestro alcance sino online y podemos trabajar con ella desde nuestro ordenador de mesa, un portátil o nuestro propio móvil.Continuar leyendo