Actualizado a 14/01/2021.
En este artículo te explicamos cómo se rellena el modelo 390 del IVA anual y cómo calcular el IVA para ello. Así podrás presentar tu declaración a Hacienda fácilmente antes de que termine el plazo el 1 de febrero de 2021.
Qué es el IVA
Para poder realizar correctamente tus obligaciones tributarias, es importante que entiendas bien el concepto del impuesto del IVA. El IVA es un impuesto indirecto que grava la entrega de bienes y la prestación de servicios. Si bien este impuesto grava al consumidor final, es el empresario o autónomo quien está obligado a declararlo a Hacienda. Porque ha tenido que soportarlo en sus compras a proveedores, y después lo ha repercutido a su cliente.
Obligados a presentar el modelo 390 del IVA
En general, quienes están obligados a presentar autoliquidaciones periódicas del IVA a través del modelo 303, ya sean mensuales o trimestrales.
Quién no está obligado a presentar el modelo 390 del IVA
No están obligados a presentar la declaración resumen-anual del IVA, Modelo 390:
- Los obligados a presentar el modelo 368 de régimen de servicios de telecomunicación, radiodifusión o TV y electrónicos.
- Los obligados a presentar autoliquidaciones no periódicas (artículo 71.7 del Reglamento del IVA).
- Quienes llevan los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT (Suministro Inmediato de Información). Estos sujetos pasivos son los siguientes (siempre que su competencia inspectora sea del Estado):
- Inscritos en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA).
- Grandes Empresas (facturación a efectos del IVA superior a 6.010.121,04 €).
- Grupos de IVA.
- Quienes han optado por llevar los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT.
- Quienes utilizan el Régimen Simplificado del IVA.
- Cuando la actividad sujeta a IVA consiste en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
Las partes del IVA: devengado y soportado deducible
Para entender cómo se rellena el modelo 390, es importante que diferencies bien los conceptos de IVA devengado, IVA deducible, base imponible y cuota devengada según el tipo impositivo.
IVA devengado
El IVA devengado es el que haces constar en tus facturas de venta para que sea pagado por tus clientes.
El devengo es el momento en que se entiende realizada la operación sujeta al impuesto (entrega del bien o prestación del servicio).
Cuidado con el anticipo de clientes: Cuando existen pagos anticipados anteriores a la realización de la operación, el impuesto se devenga en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos (salvo en entregas exentas por destinarse a otro Estado miembro).
IVA soportado deducible
El IVA soportado es el IVA que pagas cuando compras productos a tus proveedores. Consulta en este artículo cuáles son los gastos deducibles en el IVA soportado.
Tipos impositivos del IVA
Los tipos impositivos son los porcentajes que se utilizan para calcular el impuesto sobre la base imponible. Dependiendo de cada tipo de producto o servicio, el tipo impositivo será distinto. El tipo general es del 21%. El tipo reducido es del 10% y el superreducido del 4%. También hay algunos productos y servicios que están exentos de IVA.
Resultado positivo o negativo
El resultado de una autoliquidación del IVA puede ser positivo (tienes que ingresar a Hacienda si has soportado menos IVA del que has repercutido), o negativo (en este caso normalmente se compensa en las autoliquidaciones posteriores).
Calcula el IVA trimestral
El modelo 390 es una declaración informativa. Es el resumen anual de tu IVA. Por lo tanto, para calcular el IVA anual primero necesitarás tener rellenados tus 4 modelos trimestrales del año pasado. Consulta este enlace para saber cómo se calcula el IVA trimestral y cómo rellenar el modelo 303 de IVA trimestral.
Comprueba que el total de los 4 trimestres coincide con tus libros de registro
Para poder calcular correctamente tu IVA anual, comprueba que el resultado de tus cuatro modelos trimestrales coincide con tus ingresos y tus gastos.
Cómo se calculan los ingresos para el IVA
Para calcular tus ingresos a efectos de IVA solo tendrás en cuenta los ingresos provenientes de tus facturas de venta (las que has emitido a tus clientes). Debes tener un libro de registro con todas las facturas de venta que hayas emitido.
Cómo se calculan los gastos para el IVA
Para calcular tus gastos a efectos de IVA tendrás en cuenta tus facturas de compra a tus proveedores. Debes tener un libro de registro con todas tus facturas de compra de tus proveedores. Si te falta alguna, solicítala a tu proveedor.
Una vez ya has comprobado que tus libros de registro coinciden con el total de tus 4 modelos de IVA trimestral, ya estás preparado para rellenar el modelo 390 anual.
Cómo se rellena el modelo 390
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Aquí encontrarás, además, las instrucciones del modelo 390 oficiales de la Agencia Tributaria.
1. Cómo se rellena el modelo 390: Sujeto pasivo
Rellena con tus datos identificativos: NIF y nombre completo del autónomo o empresa.
Indica con una cruz en caso de que estés inscrito en el registro de la Devolución Mensual, en el régimen especial de grupo de entidades o en el régimen especial dispuesto en el artículo 163 de la Ley de IVA.
2. Cómo se rellena el modelo 390: Devengo
Ejercicio = año.
Indica si la declaración es sustitutiva (en tal caso, marca la casilla y especifica la declaración sustituida).
3. Cómo se rellena el modelo 390: Datos estadísticos
Indica tu actividad económica principal dada de alta en el modelo 036 junto a su clave y epígrafe. Indica otras de secundarias en caso que también estén dadas de alta.
Marca la casilla D si también tienes que presentar el modelo 347 de Operaciones con Terceras Personas.
En «Declaración de sujeto pasivo incluido en autoliquidaciones conjuntas» se consignan los datos que identifican la entidad que asume la presentación conjunta de autoliquidaciones periódicas del IVA en caso de que estés acogido a este procedimiento.
4. Cómo se rellena el modelo 390: Datos del representante
Si actúas por medio de un representante deberás incorporar sus datos.
En el caso de tratarse de una empresa con personalidad jurídica, haz constar los datos identificativos de los representantes de la entidad.
5. Cómo se rellena el modelo 390: Operaciones realizadas en régimen general
IVA devengado (ingresos por tu actividad)
Separa tus ingresos según el tipo de operación realizada en régimen general y tipo impositivo. Debes hacer constar el total de la base imponible de las operaciones realizadas para cada tipo impositivo. Total base imponible, casillas 1, 3, y 5. Total de cuota devengada, casillas 2, 4 y 6 separadas por tipo del 4%, 10% o general del 21%.
Este proceso se repite para todas las celdas a continuación, separando operaciones según tipo impositivo.
Operaciones intragrupo
Operaciones realizadas entre entidades de un mismo grupo.
Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios
Si estás inscrito en el ROI y has realizado operaciones intracomunitarias en las que has emitido facturas sin IVA, haz constar aquí los importes correspondientes. Separa entre las entregas de bienes y las prestaciones de servicios.
Modificación de bases y cuotas. Total bases y cuotas de IVA.
Casillas 31 y 32: Caso especial en que se ha declarado concurso de acreedores.
Total bases y cuotas IVA, casillas 33 y 34: Suma de las bases y cuotas anteriores.
Recargo de equivalencia
Si has facturado a clientes que se encuentran en régimen de recargo de equivalencia. Se encuentra en régimen de recargo de equivalencia la mayor parte de los comerciantes minoristas autónomos no constituidos en sociedad.
¿Cuál es el recargo de equivalencia que como proveedor tienes que haber repercutido en la factura a tu cliente bajo el régimen de recargo de equivalencia?
- Artículos al tipo general del 21%: recargo del 5,2%
- Artículos al tipo reducido del 10%: recargo del 1,4%
- Tipo superreducido del 4%: recargo del 0,5%
La casilla de 1,75 es especial para el tabaco.
IVA Soportado Deducible (gastos de tu actividad probados con tus facturas recibidas)
Como no eres consumidor final, tienes derecho a deducirte el IVA que has soportado al comprar a tus proveedores.
Este apartado del modelo se divide entre bienes corrientes y bienes de inversión.
Bien corriente: son los que puedes imputar a gastos al 100% al comprarlos.
Bien de inversión: activo sujeto a amortización.
Además, también separa las operaciones interiores (dentro de España, Península y Baleares); importaciones (fuera de la UE y Canarias, Ceuta y Melilla); y las adquisiciones intracomunitarias (con otro país de la Unión Europea).
Operaciones interiores
En las casillas siguientes se añaden los importes correspondientes a operaciones interiores para bienes corrientes (compras a proveedores que se encuentran en España: Península y Baleares).
En las casillas siguientes se añaden los importes correspondientes a operaciones interiores para bienes de inversión (compras a proveedores que se encuentran en España: Península y Baleares).
Recuerda que los bienes de inversión son los que están sujetos a amortización.
Importaciones
En las casillas siguientes se añaden los importes correspondientes a compras hechas a proveedores de fuera de la Unión Europea, de Canarias o Ceuta o Melilla.
Adquisiciones intracomunitarias
En las casillas siguientes se añaden los importes correspondientes a compras hechas a proveedores de otros países de la Unión Europea.
Resultado del régimen general
6. Cómo se rellena el modelo 390: Operaciones realizadas en régimen simplificado (Módulos)
Esta es la parte a rellenar para quienes están inscritos en el régimen simplificado.
7. Cómo se rellena el modelo 390: Resultado liquidación anual (Sólo para sujetos pasivos que tributan exclusivamente en territorio común)
Apartado a cumplimentar si tributas únicamente a la Administración del Estado. Se excluye País Vasco y Navarra.
Rellena la casilla 84 con la suma del régimen general y el simplificado. Si no usas el simplificado, repite el total del régimen general. Tiene que coincidir con el total de tus cuatro declaraciones trimestrales.
La casilla 85 solo se rellena si tu declaración anual del año anterior salió a compensar (y compensaste).
La casilla 86 será igual a la 84, a no ser que hayas rellenado la 85 con una compensación.
8. Cómo se rellena el modelo 390: Tributación por razón de territorio
(Sólo para sujetos pasivos que tributan a varias Administraciones)
Solo para los casos en que se tenga que tributar en parte en el País Vasco y Navarra.
9. Cómo se rellena el modelo 390: Resultado de las liquidaciones
En la casilla 95 pondremos el resultado de la diferencia entre IVA devengado e IVA soportado deducible.
Casillas 97 y 98
Si el resultado del 4 trimestre es a compensar, consigna el importe a compensar en los siguientes trimestres en la casilla 97. Si es a devolver, consigna el importe a devolver en la casilla 98.
Cuando el importe de las facturas recibidas es mayor que el importe de las emitidas, has soportado más IVA del que repercutido. Si esto sucede, puedes compensar el exceso en los trimestres siguientes (casilla 97). Cuando se trata del cuarto trimestre, si aún queda remanente, puedes solicitar que te lo devuelvan (casilla 98).
Casilla 662
Importe de las cuotas a compensar que no se han generado en el cuarto trimestre y no se han trasladado al resto de periodos de liquidación.
Fuente: Instrucciones AEAT para rellenar el modelo 390.
10. Cómo se rellena el modelo 390: Volumen de operaciones
Resumen total de los ingresos según el tipo de operaciones que has realizado.
11. Cómo se rellena el modelo 390: Operaciones específicas
En el caso de que hayas realizado operaciones exentas o de las que no puedes deducirte el IVA, se tienen que detallar aquí.
12. Cómo se rellena el modelo 390: Prorrata
Este apartado solo lo cumplimentan quienes aplican la regla de prorrata por realizar operaciones con derecho a deducción y sin derecho a deducción simultáneamente. No se aplica a los bienes excluidos del derecho a deducir.
Cálculo de la prorrata general:
En ella especificarás los siguientes campos: actividad económica y código CNAE, importe total de las operaciones, también el importe de las operaciones con derecho a deducción, el tipo de prorrata (puede ser general o especial) y su porcentaje.
13. Cómo se rellena el modelo 390: Actividades con regímenes de deducción diferenciados
Este último módulo recoge las actividades con regímenes de deducción diferenciado (artículo 1 de la ley del IVA) y desglosa el IVA deducible en cada operación.
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