La tarifa plana de 100 € ha sido una de las medidas estrellas impulsadas por Gobierno en el 2014 para el fomento de empleo y contratación indefinida, pero aunque son muchos los que ya se han beneficiado, la medida no ha sido tan satisfactoria como el Gobierno esperaba.
Por ello a ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha anunciado la ampliación de la Tarifa Plana de 100 euros para la contratación indefinida a aquellos emprendedores que se incorporen como socios trabajadores a una cooperativa o a una sociedad laboral, con el objetivo de facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades de la Economía Social, y que este sector contribuya a la estabilidad en el empleo.
No obstante, la modificación aún no es suficiente, ya que no abarca a los socios de sociedades mercantiles, los que actualmente están siendo un gran motor en la creación de empleo en España.
Un recordatorio de los requisitos que deben de cumplir las empresas para poder beneficiarse de la medida:
a) Hallarse
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, tanto en la fecha de efectos del alta de los trabajadores como durante la aplicación de la aportación empresarial reducida. Si durante el período de aplicación de la reducción existiese una falta de ingreso, total o parcial, de las obligaciones en plazo reglamentario, se producirá la pérdida automática de la reducción a partir del mes en que se produzca el incumplimiento.
b) No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos u otros declarados judicialmente como improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción. Tampoco podrán haberse extinguido contratos de trabajo por despidos colectivos realizados en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción.
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