En este post te explicamos qué es un gasto reembolsable y qué lo diferencia del gasto suplido.
El gasto reembolsable
El gasto reembolsable es un gasto llevado a cabo por el proveedor para realizar un servicio al cliente. De manera que podremos incluirlo como un concepto más en nuestra factura al cliente.
Ejemplos
Dietas, alojamiento, transportes.
Facturar gastos reembolsables
Los gastos reembolsables se facturan con IVA y, en el caso de que la factura lleve retención, también se les aplica. Se consideran ingresos a efectos de IRPF.
Ejemplo de gasto reembolsable
En este ejemplo vemos un fragmento de una factura de prestación de servicios con IVA y retención de IRPF. El IVA e IRPF aplican tanto a la prestación de servicios principal como al reembolso del gasto.
Diferencia entre gasto reembolsable y suplido
El suplido:
- Es un gasto realizado a nombre y por cuenta del cliente en virtud de mandato expreso.
- Este gasto también se incluye en la factura al cliente, pero sin aplicar IVA ni retención.
- Tampoco afecta a la base imponible de la factura.
- No se considera ingreso a efectos de IRPF.
- Es conveniente adjuntar copia de la factura del suplido, donde constará el IVA que ya habremos pagado.
También te puede interesar:
Cómo se factura el anticipo de clientes
Contasimple, simplemente fácil
¿Aún no eres usuario de Contasimple y necesitas gestionar fácilmente tu negocio? Regístrate gratis con solo un mail y disfruta de 1 mes de Plan Ultimate gratis. Plan Básico gratis para siempre. Te ofrecemos facturación rápida, contabilidad fácil y presentación de impuestos automática entre otras funcionalidades.
Gracias por el artículo.
Entonces en caso de reembolso (factura a mi nombre que avancé yo el pago y acordé con mi cliente que me abonaría posteriormente) debo incluir mis honorarios, por un lado, y luego, especificado como gasto reembolsable, el precio del costo del gasto reembolsable pero sin el IVA… y a la suma de ambos, aplicarle el IRPF y el IVA. ¿Si?
Por otro lado, tengo dos dudas al respecto:
1) Si yo en mis facturas aplico un 21% de IVA (a mis honorarios), pero el billete de tren (que es mi gasto reembolsable) tiene un IVA del 10%. ¿Cómo se gestiona en dicho caso? Tengo entendido que a pesar que el IVA del gasto reembolsable es del 10%, en mi factura para mi cliente debería aplicar para el gasto reembolsable el mismo IVA que el que aplico a mis honorarios (es decir, a la base imponible del billete de tren debo aplicar el 21% del IVA y no el 10%). ¿Es así?
2) A parte del billete de tren, también tengo como gastos los tiquetes de metro (también de un 10% de IVA), pero, en este caso, es una factura simplificada y no consta ni mi nombre ni mi NIF. ¿Es igualmente un gasto reembolsable y se procede tal como he especificado anteriormente?
Muchas gracias!
Hola Núria,
Para esta pregunta tan específica, por favor ponte en contacto con nuestro equipo de soporte:
932 933 806
[email protected]
Muchas gracias por tu interés en Contasimple
Saludos,
El equipo de Contasimple