Autónomos y pensión de jubilación

Uno de los factores más importantes, y a menudo uno de los más olvidados, a tener en cuenta cuando uno es autónomo es la pensión de jubilación. A diferencia de los asalariados, los trabajadores por cuenta propia pueden escoger la base de jubilación que más les convenga. Al poder disfrutar de esta libertad es común el caso de autónomos que cotizan por una base mínima y antes de cumplir los 50 años suben  su base al máximo para cotizar por ésta los 15 últimos años de vida laboral al objeto de aumentar su pensión de jubilación (ya que solamente se tenían en cuenta los últimos 15 años para el cómputo de la misma). Con la reforma incluida en la ley de presupuestos de 2011, esto ya no será posible, ya que a partir de la entrada en vigor de estita reforma se ha reducido a los 48 años la edad a parr de cual se limita la base máxima de cotización, es decir un autónomo que quiera optar por cotizar por la base máxima no podrá hacerlo pasados los 48 años.

Un millón de autonómos cotizará para cobrar el paro

Los cálculos de las asociaciones de autónomos cifran en un millón los trabajadores por cuenta propia que cotizarán para obtener la prestación por cese de actividad. La nueva ley permite a los autónomos que coticen por ella percibir una prestación por desempleo, recordemos que para los autónomos eonómicamente dependientes (TRADE) y los que cotizan en actividades de riesgo esta cotización para el desempleo es obligatoria. Para el resto de autónomos será voluntaría. Para los trabajadores por cuenta propia que a la entrada en vigor de esta norma ya esten dados de alta se abre un periodo de tres meses, desde el 6 de noviembre, para que puedan acogerse a la nueva normativa y optar por cotizar por contingencias profesionales, para poder cobrar la prestación por cese de actividad. La mencionada prestación tendrá una duración variable, desde un mínimo de dos meses, si se ha cotizado un año, hasta un máximo de 12 meses si se ha cotizado más de cuatro años.

El blog oficial de Ono recomienda Contasimple

Esta vez ha sido en el blog de Ono. Contasimple ha vuelto a ser noticia en portales de soluciones para autónomos y pequeñas empresas. El artículo publicado por el mencionado blog recoge de manera resumida todas las posibilidades y virtudes de Contasimple. Ono es uno de los principales operadores de telecomunicaciones de nuestro país y se caracteriza por ofrecer conexión a internet de alta velocidad a través de fibra óptica. Actualmente, es el único capaz de proveer a sus clientes con una conexión a internet de 50 Megas. http://blog.ono.es/2010/11/contasimple-la-herramienta-de-contabilidad-para-autonomos-y-pymes/

Contasimple en Saasmania

Contasimple ha sido designado por saasmania.com, prestigioso portal de analisis de aplicaciones informáticas baja licencia Software As A Service (SaaS), como la aplicación SaaS de la semana. En el artículo se realiza un análisis de las posibilidades que ofrece Contasimple y se describe su ámbito de aplicación. A destacar la recomendación que se hace de la aplicación por su facilidad de uso, ya que según destaca el artículo, en pocos clics y sin conocimientos avanzados se puede gestionar la contabilidad de un autónomo. http://www.saasmania.com/2010/11/03/saas-de-la-semana-contasimple/

Utilizar Contasimple cuando se tienen trabajadores

Contasimple puede ser usado por todo tipo de autónomos, incluidos aquellos que tengan trabajadores contratados, a pesar de que de momento la aplicación no ofrece la posibilidad de generar las nóminas. Esto no impide que los autónomos con trabajadores a su cargo puedan llevar su contabilidad y generar sus impuestos desde Contasimple, y que subcontraten a la gestoría solamente la generación de nóminas y del Modelo 110. Al introducir un gasto en la aplicación, Contasimple permite seleccionar como tipo de gasto tanto el pago de nómina (Sueldos y salarios de los empleados) como el de Seguridad Social (Seguridad Social a Cargo de la Empresa), por tanto, el usuario puede llevar su contabilidad y generar los correspondientes impuestos. Al no estar disponible de momento el Modelo 110 ( retenciones de los trabajadores) ese modelo deberá generarse de manera externa a Contasimple.

Noticia en portales de negocios

Contasimple vuelve a ser noticia en los foros de Internet dedicados al sector de los negocios. Esta vez ha sido en loogic.com, portal de actualidad sobre el uso de aplicaciones tecnológicas y negocios en Internet, en él se describe a Contasimple como una completa herramienta de gestión que da cobertura a los autónomos y pymes en el ámbito de la contabilidad y los impuestos. El artículo da una visión global de los servicios que ofrece Contasimple, valorando muy positivamente tanto los servicios principales (contabilidad e impuestos) como los complementarios (anotaciones y mensajería). También destaca la profesionalidad en la gestión de la plicación. http://loogic.com/contasimple-gestion-de-contabilidad-e-impuestos-de-autonomos/

Infoautónomos recomienda Contasimple para autónomos

El portal infoautonomos.com ha recomendado la utilización de contasimple como herramienta para la gestión completa de la actividad de empresarios autónomos. Infoautónomos es un portal que ofrece extensa información acerca de las trámites y obligaciones de los autónomos, y se ha convertido por méritos propios en una referencia imprescindible para éstos.

Contasimple adapta sus modelos a la nueva normativa del IVA

El 1 de julio de 2010 entró en vigor la nueva normativa del IVA, cuya novedad más significativa es la subida de los tipos impositivos del impuesto, pasando el tipo general del 16% anterior al 18% actual, y el reducido del 7% al 8%. El tipo del 4% no se ha visto modificado. Esto implica la obligación facturar a estos nuevos tipos a partir de la fecha de entrada en vigor de la norma, es decir el 1 de julio. Por ello Contasimple, en su esfuerzo de adaptación a la normativa vigente en cada momento, ha llevado a cabo las modificaciones oportunas para ofrecer a sus usuarios las soluciones técnicas necesarias. Este cambio comporta la posibilidad de que durante este tercer trimestre del ejercicio 2010 puedan convivir facturas del tipo impositivo general con dos tipos de IVA diferente, ya que hemos podido facturar trabajos realizados cuando el tipo aplicable era el 16% o hemos tenido que realizar facturas rectificativas de periodos anteriores. Por tanto nos podemos encontrar con facturas al tipo 16% y al 18%. Para solucionar esto la Agencia Tributaria ha previsto que en el modelo del IVA del tercer trimestre del presente ejercicio se puedan declarar estas facturas con tipos diferentes de IVA de manera conjunta, así pues Contasimple se ha adaptado para cubrir esta necesidad. De esta manera la base imponible a declarar será la suma de todas las bases imponibles de las facturas emitidas en el trimestre con independencia de su tipo y lo mismo ocurrirá con la cuotas de IVA, y el tipo de gravamen será la media ponderada de los tipos de gravamen aplicados en las facturas del trimestre, suponiendo que durante este trimestre se hubieran emitido 2 facturas, una de base 1.000 al tipo 16% y otra de base 2.000 al 18%, la aplicación daría el siguiente resultado;
  • Base a declarar      3.000
  • Cuota a declarar        520
  • Tipo de gravamen   17,33  [(1.000/3.000)*16 + (2.000/3.000)*18]

Se adelanta la edad tope para subir la base de cotización de autónomos

La aprobación de la Ley de Presupuestos de 2011, ha supuesto una modificación en  la edad tope para que los autónomos puedan elevar voluntariamente su base de cotización a la Seguridad Social. Esta ha pasado de los 49 años actuales a los 45 que prevé la nueva normativa.  Así pues, los autónomos tendrán que anticipar el aumento de su base de cotización por el RETA para poder cobrar una pensión de jubilación mayor. Está previsto que esta medida entre en vigor el 1 de abril de 2011. Por regla general los autónomos suelen cotizar por la base mínima y, si les es posible, la suben al máximo justo antes de llegar a la edad tope para elevar ese base voluntariamente, así consiguen incrementar su pensión. Actualmente esta práctica debía llevarse a cabo a los 49, con la aprobación de la medida expuesta esto deberá adelantarse, con el coste que ello conlleva.

Los autónomos tendrán derecho a paro desde noviembre

Los trabajadores autónomos podrán pedir a partir de noviembre una prestación por desempleo que recibirán durante un máximo de 12 meses. La ley, que establece este sistema de protección por cese de actividad para este tipo de trabajadores, ha sido publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor dentro de tres meses. Los autónomos deberán solicitar a su Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad. La duración de la prestación estará en función de los períodos de cotización efectuados dentro de los 48 meses anteriores a la situación de cese de actividad de los que, al menos, 12 deben ser continuados e inmediatamente anteriores a la inactividad. Fuente: Diario El Mundo http://www.elmundo.es/mundodinero/2010/08/06/economia/1281093156.html