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Vacaciones fiscales: cómo solicitarlas

En este artículo te explicamos cómo solicitar las vacaciones fiscales: 30 días en que la Agencia Tributaria no podrá enviarte notificaciones electrónicas.

¿Qué son las vacaciones fiscales?

Los obligados tributarios incluidos en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) y quienes han solicitado recibir las notificaciones electrónicas de la Administración a través del sistema notificaciones 060 que alerta al contribuyente, pueden señalar 30 días anuales durante los que no recibirán notificaciones electrónicas de la Agencia Tributaria. De esta manera se permite al autónomo, empresario o gestor  poder desconectar durante sus vacaciones sin preocuparse de haber recibido alguna notificación tributaria.

¿Cómo se solicitan?

Las vacaciones fiscales deben solicitarse como mínimo 7 días naturales antes de que comience el periodo deseado.

Para ello, entra en el portal mis notificaciones de la Sede Electrónica y haz clic en el enlace «Solicitar días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada» de la sección «Suscripciones, solicitudes y otras consultas».

Solicitar vacaciones fiscales

Luego tendrás que identificarte con certificado electrónico o Cl@ve PIN. También podrá hacerlo en tu nombre un colaborador social o apoderado.

Identificación

Al acceder, verás un calendario donde podrás señalar los días deseados. Tienes que marcar también los sábados y domingos que desees. Haz clic en «Modificar» para iniciar la solicitud de días.

Para expandir los días de vacaciones fiscales a los poderdantes selecciona «Gestionar periodos cortesía poderdantes» y «Asignar periodo de cortesía».

Cuando hayas marcado los días, haz clic en «Validar» y «Firmar y Enviar».

Recuerda que, en caso de que te hayas suscrito voluntariamente a la recepción de notificaciones electrónicas, estas vacaciones fiscales solo surtirán efecto para los procedimientos en los que estés suscrito.

Encontrarás más información en este enlace de la Agencia Tributaria.

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