Gestión de proyectos: las claves para tener éxito

gestion de proyectos: las grandes claves

Muchos de los profesionales freelancers, emprendedores y empresarios son responsables de gestionar proyectos para su negocio, lo cual implica conocer en profundidad las metodologías y los requerimientos que exige una gestión de proyectos. Estos profesionales habitualmente se encuentran con diversos retos asociados a la gestión de proyectos como la necesidad de mejorar la eficiencia de recursos, las demandas de mejora en la calidad de los productos o la gran competencia en un entorno de cambio y transformación constante. En este post veremos las claves del éxito y fracaso de la gestión de proyectos para contribuir a dar respuesta algunos de estos retos.

Continuar leyendo

Los mejores módulos de Prestashop para tu tienda online

Módulos de Prestashop y Contasimple Si tienes una tienda online en Prestashop, te interesará saber que existe la manera de automatizar tareas relacionadas con la gestión de tu tienda. Haremos un repaso para conocer cuáles son los módulos imprescindibles de Prestashop que te ayudarán  a llevar la gestión de tu negocio online. Fácil y sin complicaciones ¿Empezamos? Continuar leyendo

Aplazamiento y fraccionamiento de deuda a Hacienda 2018

Aplazamiento y fraccionamiento de deuda a Hacienda Aplazamiento de deudas especial crisis coronavirus en este otro enlace actualizado a 6 de abril de 2020. La Agencia Tributaria (AEAT) permite a todos los autónomos, pymes y otros obligados al pago de impuestos, hacerlo de forma aplazada. El aplazamiento y fraccionamiento de deuda a Hacienda es una alternativa flexible para hacer frente a todas las deudas que tengas con Hacienda, sobre todo en tiempos de dificultad de acceso al crédito. Existen 3 tipos de aplazamiento: parcial, total o fraccionado. En el parcial se debe abonar una parte del impuesto en el momento de presentar el modelo y aplazar el resto de la deuda. En el caso del aplazamiento total, hay que dar una fecha de pago futuro del total de la deuda. Y por último, el aplazamiento fraccionado la deuda se pagará en varios plazos. Continuar leyendo

Principales novedades del GDPR de la UE

Protección de datos El Reglamento General de Protección de Datos de la UE, también conocido con sus siglas GDPR (General Data Protection Regulation), se encuentra dentro de la reforma normativa realizada por la Unión Europea con el objetivo de garantizar un alto nivel de protección de datos y adaptados a la realidad digital en la que vivimos. ¿Por qué se habla últimamente sobre este reglamento? La razón es que a partir del 25 de Mayo de 2018 este reglamento entra en vigor y se aplicará directamente a todos los países miembros de la Unión Europea. Continuar leyendo

Gastos deducibles en el IVA para autónomos

Gastos deducibles en el IVA para autónomos Sabemos que emprender supone una inversión inicial y continua para convertir tu  futuro negocio en aquella idea que surgió un día. Por ello, es interesante conocer en detalle las ventajas fiscales disponibles para los autónomos, como ahora los gastos deducibles en el IVA. De esta manera, es posible reducir esa preocupación inicial y tratar de elevar la rentabilidad de tu negocio. En este post, hablaremos sobre el IVA deducible. Continuar leyendo

Entra en vigor la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

El pasado 25 de Octubre se publicó oficialmente en el BOE la Ley 6/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo donde se han incluido una serie de medidas cuyo objetivo es estimular el aumento de los flujos de entrada en el mercado de trabajo de los autónomos, mejorar las posibilidades de supervivencia de la actividad emprendedora y su fortalecimiento.
 
Esta ley entra en vigor a partir del 25 de Octubre, a excepción de los artículos 1, 3, 4 y 11 y otras disposiciones finales, que entrarán en vigor el día 1 de enero de 2018.
¿Cuáles son las medidas que tendremos que esperar hasta enero 2018?
Artículo 1. Nuevo régimen de recargos por ingreso fuera de plazo. Esta medida modifica los recargos por el pago tardío de las cuotas a la Seguridad Social. Hasta ahora, los ingresos fuera de plazo tenían una penalización que suponían un recargo del 20% de la deuda, a partir del primer día de impago. Con esta nueva ley, se rebaja a la mitad el recargo (de un 20% a un 10%) por retraso en el abono de las cuotas dentro del primer mes natural siguiente al del vencimiento del plazo.   Artículo 3. Extensión de la cuota reducida para los autónomos que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia. Lo que se conoce como la ampliación de la "tarifa plana". Esta medida amplia de 6 a 12 meses el período de duración de la cuota reducida. Quedará fijada en la cuantía de 50€ mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, en el caso de que opten por cotizar por la base mínima que les corresponda. Con posterioridad al periodo inicial de 12 meses y con independencia de la base de cotización elegida, los autónomos podrán aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes, siendo la cuota a reducir o bonificar la resultante de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda el tipo mínimo de cotización vigente por un período máximo de hasta 12 meses, hasta completar un periodo máximo de 24 meses tras la fecha de efectos del alta, según la siguiente escala:
  • Reducción del 50% durante los 6 meses siguientes
  • Reducción del 30% durante los 3 meses siguientes
  • Bonificación del 30% durante los 3 meses siguientes
Asimismo, se reduce a 2 años el requisito de no encontrarse previamente de alta en la  Seguridad Social para aquellos trabajadores que reemprendan su actividad.   Artículo 4. Beneficios en la cotización para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia. Las personas discapacitadas, víctimas del terrorismo y de la violencia de género pagarán 50 euros durante el primer año de la actividad, en el caso de que opten por pagar la cuota mínima a la Seguridad Social. En caso de pagar una cuota superior, los beneficiarios podrían aplicarse una reducción del 80% durante el primer año.   Artículo 11. Deducibilidad en el IRPF de los gastos de suministros de la vivienda y de los gastos de manutención incurridos en el desarrollo de la actividad. También tendremos que esperar hasta enero 2018 la medida referente a la deducibilidad de los gastos en los que incurren los autónomos en el ejercicio de su actividad. En los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica, los gastos de suministros de dicha vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, se aplicará una deducción del 30%. Esta deducción se aplica sobre el % de la vivienda destinada al desarrollo de la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.    

Compatibilizar o capitalizar tu prestación por desempleo

Una de las razones que pueden empujarte a emprender tu propio negocio es estar en situación de desempleo. Durante este período es posible que estés cobrando prestaciones por desempleo, pero ¿qué pasa si inicias una actividad como trabajador por cuenta propia? ¿puedes seguir cobrando estas prestaciones? Según el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, si estás cobrando prestaciones por desempleo e inicias una actividad como autónomo de duración inferior a 60 meses, se suspenderá el cobro de las mismas, y si se sobrepasa dicho periodo, se extinguirá. Sin embargo, existen dos opciones vigentes para aquellos autónomos que vayan a iniciar su actividad:
  • Compatibilizar la prestación con el trabajo por cuenta propia

Podrás compatibilizar la prestación mensual que te corresponda con el trabajo por cuenta propia por un máximo de 9 meses (270 días) o por el tiempo pendiente de percibir. Es importante que hayas solicitado la compatibilidad en el plazo de 15 días desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia. En este caso, tienes el derecho de percibir el 100% de la cuantía de la prestación con el descuento del IRPF y sin deducciones de cotización a la Seguridad Social.
  • Capitalizar la prestación

Si estás interesado en beneficiarte de un pago único para montar tu empresa, existe la posibilidad de acogerte a esta iniciativa conocida como ‘’capitalizar la prestación”. Se trata de una medida para fomentar y facilitar iniciativas del empleo autónomo a través del abono total de la prestación por desempleo, en un sólo pago. Va dirigido a las personas, entre otras, que quieran desarrollar una actividad como trabajadores autónomos. Personas totalmente independientes de cualquier contrato con una empresa.
¿Qué requisitos son necesarios para beneficiarte de esta iniciativa?
  • Ser beneficiario de una prestación por desempleo y tener pendiente de recibir al menos 3 mensualidades en la fecha de la solicitud. En caso de que recibas prestación por cese de actividad, es necesario que tengas pendiente de percibir al menos un período de 6 meses.
  • No haberte beneficiado de este derecho en los 4 años anteriores.
  • Iniciar tu actividad en el plazo máximo de 1 mes desde que te conceden el pago único y, en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.
  • Si en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único has compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación de desempleo (la opción que hemos mencionado anteriormente), no tendrás derecho a obtener el pago único.
El pago único debe solicitarse antes de iniciar la actividad. En caso contrario, no será posible optar por capitalizar la prestación por desempleo. El autónomo también debe cumplir una serie de obligaciones. En primer lugar, como ya hemos indicado. una vez percibido el importe de la prestación, debes iniciar la actividad en el plazo de máximo de 1 mes. Asimismo, deberás presentar ante la Entidad Gestora la documentación acreditativa del inicio de la actividad. Y por último, destinar la cantidad percibida a la inversión necesaria para desarrollar la actividad.
¿Cómo solicito el pago único?
Podrás presentar tu solicitud a través de: Una vez concedida tu solicitud, se abonará como pago único la cuantía de la prestación, calculada en días completos, de la que se deducirá el importe relativo al interés legal del dinero. El pago único está exento de IRPF. También puedes optar por obtener abonos mensuales para subvencionar tu cotización a la Seguridad Social. Es decir, una vez haces la solicitud de alta de actividad y de autónomos, y empiezas a cotizar, cuando te aprueban la capitalización te devuelven la cuota que pagas como autónomo.
¿Qué documentación es necesaria para presentar la solicitud?
  • Impreso de solicitud de pago único, en modelo oficial.
  • Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
  • Extranjeros con residencia legal  en España: > Comunitarios: Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen. > No comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.
  • La solicitud deberá acompañarse de la memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad a desarrollar y de la inversión a realizar, salvo que se solicite exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.
Además, dependiendo de la actividad que vayas a desarrollar, existen otros documentos necesarios.