Categoría: Emprendimiento
Gestiona tu negocio online desde el primer día con Contasimple. Estés donde estés, también desde tu móvil con nuestra app. Contasimple te ayuda a emprender desde el primer día de forma fácil y económica. Prueba gratis todas nuestras funcionalidades durante un mes sin compromiso registrándote gratis solo con un mail.
Para llegar a ser un emprendedor exitoso hay que recorrer un largo camino: “largo” en el tiempo muchas veces, o simplemente “largo” por ser duro. Emprender transforma a lo largo de este camino, donde en algún momento te encuentras con la soledad emprendedora. Es por ello que en equipo siempre es más ameno. Los emprendedores unidos tienen a menudo más probabilidades de éxito, pero solo en los casos en que saben ponerse de acuerdo y cuando cada uno es complementario del otro. Para el emprendedor solitario también existen muchas maneras de relacionarse con otros emprendedores y freelancers con los que motivarse mutuamente y compartir ideas. A estos compañeros de camino puede encontrarles tanto en una cafetería con wifi como en un coworking o workspace, meetup de emprendeduría o incluso a través de los más modernos métodos de coliving para los emprendedores viajeros.
¿Cómo hacer networking? 4 claves para tener éxito
Los mejores módulos de Prestashop para tu tienda online

Día Mundial del Internet 2018: tecnologías que mejoran tu negocio
#Semanadelnternet y #diadeinternet son los hashtags que revolucionan las redes sociales durante esta jornada dedicada al Día Mundial de Internet.
Continuar leyendo
Aplazamiento y fraccionamiento de deuda a Hacienda 2018

Principales novedades del GDPR de la UE

Darse de alta como autónomo: instrucciones y pasos

Gastos deducibles en el IVA para autónomos

Entra en vigor la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

¿Cuáles son las medidas que tendremos que esperar hasta enero 2018?
Artículo 1. Nuevo régimen de recargos por ingreso fuera de plazo. Esta medida modifica los recargos por el pago tardío de las cuotas a la Seguridad Social. Hasta ahora, los ingresos fuera de plazo tenían una penalización que suponían un recargo del 20% de la deuda, a partir del primer día de impago. Con esta nueva ley, se rebaja a la mitad el recargo (de un 20% a un 10%) por retraso en el abono de las cuotas dentro del primer mes natural siguiente al del vencimiento del plazo. Artículo 3. Extensión de la cuota reducida para los autónomos que emprendan o reemprendan una actividad por cuenta propia. Lo que se conoce como la ampliación de la "tarifa plana". Esta medida amplia de 6 a 12 meses el período de duración de la cuota reducida. Quedará fijada en la cuantía de 50€ mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, en el caso de que opten por cotizar por la base mínima que les corresponda. Con posterioridad al periodo inicial de 12 meses y con independencia de la base de cotización elegida, los autónomos podrán aplicarse las siguientes reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes, siendo la cuota a reducir o bonificar la resultante de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda el tipo mínimo de cotización vigente por un período máximo de hasta 12 meses, hasta completar un periodo máximo de 24 meses tras la fecha de efectos del alta, según la siguiente escala:- Reducción del 50% durante los 6 meses siguientes
- Reducción del 30% durante los 3 meses siguientes
- Bonificación del 30% durante los 3 meses siguientes
Compatibilizar o capitalizar tu prestación por desempleo

-
Compatibilizar la prestación con el trabajo por cuenta propia
-
Capitalizar la prestación
¿Qué requisitos son necesarios para beneficiarte de esta iniciativa?
- Ser beneficiario de una prestación por desempleo y tener pendiente de recibir al menos 3 mensualidades en la fecha de la solicitud. En caso de que recibas prestación por cese de actividad, es necesario que tengas pendiente de percibir al menos un período de 6 meses.
- No haberte beneficiado de este derecho en los 4 años anteriores.
- Iniciar tu actividad en el plazo máximo de 1 mes desde que te conceden el pago único y, en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.
- Si en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único has compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación de desempleo (la opción que hemos mencionado anteriormente), no tendrás derecho a obtener el pago único.
¿Cómo solicito el pago único?
Podrás presentar tu solicitud a través de:- La sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE).
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
¿Qué documentación es necesaria para presentar la solicitud?
- Impreso de solicitud de pago único, en modelo oficial.
- Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
- Extranjeros con residencia legal en España: > Comunitarios: Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen. > No comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) en la que consta el NIE, y el pasaporte.
- La solicitud deberá acompañarse de la memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad a desarrollar y de la inversión a realizar, salvo que se solicite exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.