Presenta el modelo 347 con Contasimple

El modelo 347 es un modelo informativo que se presenta del 1 al 29 de febrero. Declara las operaciones con terceros (clientes y proveedores) que se han realizado durante el año anterior. Únicamente se declaran las operaciones que hayan superado los 3005,06 € (IVA incluido) descargapara cada uno de los clientes y proveedores. Se declaran tanto compras como ventas, y si por casualidad tienes una entidad que es a la vez cliente y proveedor debes declararlo por separado siempre que supere la cantidad establecida de 3005,06 € en cada caso. Hay operaciones que no deben declararse, como las que llevan retención tanto en compras como ventas (puesto que se declaran en otros modelos), a excepción de las facturas emitidas por alquiler, que sí deben declararse. El modelo 347 se presenta en la Agencia Tributaria con el programa Plataformas Informativas, y debe informarse de cada una de las operaciones por trimestres. Puedes obtener información del modelo 347 aquí. En Contasimple podrás gestionar todos tus impuestos desde el módulo Impuestos de Contasimple, dónde también encontrarás el modelo 347 anual. contabilidad autónomos

Integra el Calendario del Contribuyente en tus aplicaciones

Los que tenéis una cuenta de Google, podéis disfrutar de la aplicación Google Calendar. Es un calendario personal dónde poder llevar control de fechas. Pues bien, entre las fechas que podrás controlar están las de la presentación y pagos de tus impuestos, si te suscribas al iCalendar de la Agencia Tributaria. Los ficheros de iCalendar también se pueden integrar en las aplicaciones de calendario de Outlook, Apple iCal, Yahoo, etc. CapturaPara integrar el calendario en tu cuenta de Google, primero de todo haz click en la aplicación Calendario de tu cuenta de Gmail. Una vez dentro, haz click en Otros Calendarios y selecciona la opción Añadir por URL Tendrás que poner la URL del calendario que quieras incorporar. Esta información está disponible en la web de la Agencia Tributaria Captura1 URL principales: -Renta -Renta y sociedades -Sociedades -IVA -Declaraciones informativas Una vez has añadido la URL que te interesa incorporar a tu calendario, haz click en Añadir Calendario. Puedes añadir más de una URL a la vez.   Captura2 El calendario o calendarios aparecerán en el apartado “Otros Calendarios”. Captura3  De esta manera tendrás accesible en tu móvil el calendario fiscal de la Agencia Tributaria, pero recuerda que en Contasimple también tenemos un calendario fiscal y acceso a la presentación de los principales impuestos, con toda la información de los mismos en el apartado Impuestos de Contasimple. contabilidad autónomos

¿Cómo utilizar los campos de Imputación en Contasimple?

En Contasimple puedes definir el porcentaje de Imputación de tus gastos y facturas recibidas, para que el programa lo tenga en cuenta para el cálculo de impuestos de IVA e IRPF. descargaLos campos de Imputación sirven para que determines el porcentaje que quieres que Contasimple tenga en cuenta para calcular tus modelos de impuestos trimestrales, ya que en determinadas ocasiones los gastos no se pueden deducir en su totalidad. En el registro de Facturas Recibidas o Bienes de inversión encontrarás la casilla Imputación y la casilla Imputación a IVA. Para la Imputación a IVA tienes que abrir el desplegable de Opciones Avanzadas. Pues bien la opción de Imputación sirve para poner el porcentaje general que quieres que se tenga en cuenta en todos los impuestos. Te sale el 100% como predefinido, pero puedes cambiarlo. Ahora bien, si en tus facturas, el porcentaje que te puedes desgravar es diferente para el IVA y para el IRPF, entonces usa el campo Imputación a IVA  para poner únicamente lo que Contasimple tendrá en cuenta para el IVA. Si pones algún porcentaje en esta casilla, para el resto de impuestos se tendrá en cuenta el porcentaje puesto en la casilla Imputación (general). La casilla Imputación a IVA está en blanco de forma predefinida. Captura1 Un claro ejemplo es la compra de un coche, que como norma general la Agencia Tributaria dice que te puedes deducir el 50% de IVA y nada para el IRPF. Pues bien, en este caso deberías poner en el campo Imputación 0% y Contasimple lo tendrá en cuenta para el IRPF, y en la casilla Imputación a IVA un 50% y Contasimple lo tendrá en cuenta para el IVA. En el post Si eres autónomo, ¿cómo deducirte la compra de un coche?, tienes toda la información respecto a la deducción de la compra de  un vehículo. Otro caso podría ser cuando trabajas desde tu casa y no te puedes deducir el total de los suministros, el IBI, la comunidad de propietarios o el alquiler. Pues bien, aquí deberías de poner en el campo Imputación el porcentaje que te puedes deducir, según tengas la vivienda afecta a tu actividad. Hace unos días hablábamos en nuestro blog sobre Si eres autónomo y trabajas desde casa, podrás deducirte los gastos del hogar. En el registro de Gastos, sólo está disponible el campo Imputación, ya que son gastos que por su naturaleza, el IVA no es deducible. En este apartado se contabilizan facturas simplificadas, recibos, etc. contabilidad autónomos  

Hacienda aceptará aplazar deudas sin aval hasta 30.000 €

descargaHacienda elevará a 30.000 € el importe por el que se pueden aplazar deudas sin necesidad de aportar un aval o una garantía. Esta medida será aprobada en breve por el gobierno, y establece que la cantidad pase de 18.000 €, que anteriormente permitían aplazar sin aval, a 30.000 € que admitirán ahora. Así, a partir de ahora autónomos y pymes que tengan problemas con su tesorería, tendrán otra vía de escape con el pago de impuestos, al poder aplazarlos con más facilidad. Desde el año 2013, se han solicitado más de dos millones de solicitudes de aplazamiento, según fuentes de la Agencia Tributaria. Y alrededor del 96% de las solicitudes de fraccionamiento del año pasado, son con importe inferior a 18.000 €, por lo que se prevé que el 100% de las solicitudes serán aceptadas sin aval. Se puede solicitar el aplazamiento incluso después de la fecha límite del pago de impuestos, y sólo cuando se haya producido una notificación de embargo, no será posible su solicitud. imagesCabe destacar, que a partir del 2016 el tipo de interés a aplicar en los fraccionamientos de impuestos bajará del 4,37 % al 3,75 %, lo cual también supondrá un ahorro para los contribuyentes. Si voluntariamente quieres presentar un aval o garantía, la recompensa es que el tipo de interés que se te aplicará será del 3% a partir del próximo año. Este porcentaje equivale al interés legal del dinero, que actualmente está en el 3,5 %. En Contasimple podrás gestionar los impuestos fácilmente y en un sólo click comprobarás los cálculos de tus impuestos en cualquier momento y en cualquier lugar. contabilidad autónomos

Deduce los gastos del hogar si eres autónomo y trabajas en casa

imagesLos autónomos que trabajen desde casa tienen buenas noticias en lo referente a poder deducirse los gastos de suministros del hogar, como el teléfono, la electricidad, el agua y el gas. Hasta ahora la Agencia Tributaria no permitía deducirse estos gastos en el IRPF, pero una resolución del pasado 10 de septiembre del TEAC-Tribunal Económico-Administrativo Central parece que va a cambiar la normativa. Esta resolución obligará a la Administración a cumplir los criterios de desgravación de dichos gastos. descargaLa Agencia Tributaria permitía deducirse los gastos de IBI, basuras y comunidad de propietarios, y para deducirse estos gastos se tenía en cuenta el espacio de la vivienda que se utilizaba para llevar a cabo la actividad del autónomo. Esto seguirá igual, pero para los gastos de suministros no sirve porque no se puede determinar qué cantidad se gasta en base a un espacio. El TEAC propone que para calcular cómo deducir los gastos de suministros sea una combinación de los metros cuadrados de la vivienda y los días y horas laborables que se destinen a la actividad empresarial. Desde Contasimple, podrás registrar los gastos de suministros, además de todos los gastos de tu empresa para luego poder presentar tus impuestos en un click. contabilidad autónomos

Nuevas mejoras en Contasimple

Desde el pasado 17 de septiembre, Contasimple tiene nueva versión. captura1En esta nueva actualización hemos mejorado el Catálogo, haciendo su uso mucho más manejable, ya que permite ordenar el listado por cualquier columna, y además ahora se puede buscar por familia o concepto con los filtros. Ahora también si empiezas a trabajar en Contasimple, podrás importar los clientes y proveedores de otro programa en formato Excel o CSV. De igual forma, podrás importar los productos o servicios también en formato Excel o CSV al apartado Catálogo. Captura2 Para los usuarios que tengáis integrada vuestra cuenta de Google o Dropbox en Contasimple, hemos mejorado la información que se envía al usuario si algo falla o si no se tiene suficiente espacio en Dropbox para subir documentos. Si usas Contasimple, y vives en Canarias, también hemos actualizado el tipo de IGIC más común (el 7%) para que se muestre por defecto. En lo que respecta a los impuestos de la Agencia Tributaria, ahora también podrás descargarte el archivo del modelo 115 para su presentación telemática. Antes sólo estaba disponible para los modelos de IVA e IRPF. Captura3También hemos actualizado todos los formatos de mails que reciben nuestros usuarios cuando contratáis un plan, hacéis consultas o recibís facturas. Además, en el momento del registro ya sea por credenciales en www.contasimple.com o mediante Facebook o Google + también recibiréis un correo de bienvenida. Hemos cambiado el sistema de recuperación de contraseña en caso de olvido por parte del usuario, ahora es el usuario el que elige que contraseña quiere poner directamente a través del mail que recibe. Y muchas más funcionalidades,  que como siempre las hacemos para que nuestros miles de usuarios se sientan más a gusto utilizando Contasimple y su gestión del día a día sea mucho más fácil. Además, hemos mejorado nuestro sistema de invitaciones/recomendaciones, por lo que si crees que Contasimple le servirá a algún familiar, amigo o conocido:  ¡Recomiéndanos!.   contabilidad autónomos  

Autónomo colaborador: Contratar a un familiar.

images (1)Si eres empresario autónomo y quieres contratar a un familiar (cónyuge o hijo) para tu negocio, la manera más beneficiosa es darlo de alta como autónomo colaborador. Para dar de alta a un autónomo colaborador, basta con ir a la Seguridad Social y presentar el formulario de alta correspondiente (modelo TA0521/2).Hay que llevar el DNI, el libro de familia (para comprobar la familiaridad), y el modelo de alta en la Agencia Tributaria del empresario que contrata. La ventaja del autónomo colaborador es que solamente tiene que hacer este trámite, no tiene que ir a la Delegación de Hacienda, puesto que no es necesario constar como autónomo colaborador en la Agencia Tributaria. Ya que el autónomo colaborador no constará en la Agencia Tributaria, no está obligado a presentar los impuestos trimestrales de IVA e IRPF, que sí deberá presentar el empresario titular del negocio. imagesEl autónomo colaborador presentará su declaración de renta anual, como si de un trabajador por cuenta ajena se tratara, ya que cobrará su nómina mensualmente. Sin embargo, el empresario autónomo que contrate a su familiar como autónomo colaborador, se hará cargo del pago de las cotizaciones sociales del colaborador y le pagará un salario según su categoría profesional.Existen bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, por el hecho de contratar a un autónomo colaborador. El empresario podrá deducirse en el IRPF los gastos de nómina y seguridad social que afronte por tener contratado al autónomo colaborador. Si eres empresario autónomo, Contasimple te simplifica la gestión haciendo que tu facturación, contabilidad y gestión de impuestos sea más fácil. contabilidad autónomos

Trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE)

¿Qué es? Es un autónomo que como mínimo el 75% de sus ingresos provienen de un mismo cliente. Para ser considerado autónomo dependiente, debe de tener una infraestructura productiva y materiales propios para trabajar. Este tipo de autónomos no puede tener trabajadores ni subcontratar a otros profesionales para ejercer su actividad. Diferencias que caracterizan al autónomo dependiente imagesLos autónomos dependientes tienen que tener un contrato mercantil con la empresa para la que presta sus servicios. Este contrato tiene que estar inscrito en la oficina de Servicio Público de Empleo (SEPE). Estos autónomos tienen derecho a 18 días laborables de vacaciones. También tienen derecho a indemnización en caso de rescisión del contrato. Otra ventaja es que pueden acceder a la prestación de desempleo, siempre que tengan cubierto un período de cotización de 12 meses seguidos anteriores a la finalización del contrato. Similitudes con el autónomo no dependiente Tanto el autónomo dependiente como el autónomo general deberán pagar sus recibos mensuales de autónomo a la Seguridad Social. También tendrán que hacerse cargo de sus obligaciones fiscales, es decir liquidar sus modelos de IVA, IRPF, etc. Desde Contasimple, cualquier autónomo, ya sea dependiente o no, puede gestionar su facturación, contabilidad e impuestos de manera ágil, rápida y sencilla.   contabilidad autónomos